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PENSION POR DISCAPACIDAD ANTE EL IMSS
- Consulta : 208449
- Autor : mmaldonadoi_NR
- Publicado : Lunes 16 de Septiembre de 2013 11:38 desde la IP: 189.170.131.246
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,135
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 16 de Septiembre de 2013
Estado de Referencia: Sonora
hola buenos dias tengo un amigo que tiene un hijo con discapacidad por sindrome de dawn y le comente que en el imss el niño puede tener pension por su misma discapacidad con servicios medicos,nada mas que no encontre nada para respaldarle loq ue le dije,obviamente esto como siempre me lo dijo un amigo,sin ningun sustento legal,gracias por su respuesta y atencion gracias,y quiero pues ayudar a mi amigo para si realmente existe esa opcion poder decirle con bases.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 326003
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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Septiembre de 2013 12:12 2013-09-16 12:12 desde IP: 187.172.138.72
Beneficiarios: el cónyuge del asegurado o pensionado y a falta de éste, la concubina o el concubinario en su caso, así como los ascendientes y descendientes del asegurado o pensionado señalados en la Ley
Derechohabientes o derechohabiente: el asegurado, el pensionado y los beneficiarios de ambos, que en los términos de la Ley tengan vigente su derecho a recibir las prestaciones del Instituto;
Pensionados o pensionado: el asegurado que por resolución del Instituto tiene otorgada pensión por: incapacidad permanente total; incapacidad permanente parcial superior al cincuenta por ciento o en su caso incapacidad permanente parcial entre el veinticinco y el cincuenta por ciento; invalidez; cesantía en edad avanzada y vejez, así como los beneficiarios de aquél cuando por resolución del Instituto tengan otorgada pensión de viudez, orfandad, o de ascendencia
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Autor
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AutorRespuesta No: 326013
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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Septiembre de 2013 15:57 2013-09-16 15:57 desde IP: 189.225.66.26
Distinguido Consultante
El menor hijo del asegurado no tiene derecho a recibir pension, solo las prestaciones medicas y de seguridad social que todo dependiente del asegurado recibe.
Las pensiones y prestaciones que el instituto otorga a sus asegurados son las siguientes:
- Pensión de Incapacidad permanente
- Pensión de Invalidez
- Pensión de Cesantía en edad avanzada o vejez
- Pensión de Retiro Anticipado
- Pensión de Viudez
- Pensión de Orfandad
- Pensión de Ascendientes
- Asignaciones Familiares
- Préstamo a cuenta de Pensión
- Retiro Anticipado y Cesantía en Edad Avanzadao Vejez a Través de Transferencia de Derechos IMSS-ISSSTE
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Tu amigo abogado ®
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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