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VENTA DE PROPIEDAD ESCRITURADA A DOS PERSONAS

  • Consulta : 206839
  • Autor : asesoria_contable_gm_NR
  • Publicado : Martes 27 de Agosto de 2013 15:22 desde la IP: 201.153.17.14
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,071
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  • Autor
    Consulta

  • asesoria_contable_gm_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas tardes espero me pueda ayudar a solucionar u orientarme parea saber que se puede hacer con mi caso o mejor dicho el caso de mi mamá y mi tía.

    La situacion es la siguiente: Mi abuela dejo como herencia a mi mamá y  mi tía una casa en las escrituras especifica que la casa esta a nombre de las dos y que corresponde en partes iguales, bueno pues el problema es que por una u otra razon mi mamá quiere vender su parte cosa que nos comentan no se puede y que de ser asi solo le podria vender a la otra dueña (mi tía) el problema es que ella no quiere comprar la mitad que se le ofrece argumenta que ella le a metido mas dinero a su parte de la casa, como dato adicional comento que la casa esta ocupada por ella en la planta baja y mi mamá la plnta de arriba, bueno pues entonces ella dice que ha ella le tocaria mas dinero en el caso de venderse la casa cosa que no contempla hacer, ella antes de que mi abuela dejara esa propiedad en herencia ya vivia en ella o mejor dicho siempre a vivido ahi, mi mamá tiene como 12 años de estar en dicha propiedad entonces yo dedusco que es obvio y por las condiciones que ella le haya metido mas dinero a la casa pero en el contrato esta claro que la propiedad esta por partes iguales!

    mi pregunta en concreto es como puede hacer mi mamá para vender ya que mi tía no quiere vender la casa ni comprarle la otra parte?

    Espero me puedan ayudar.

    SALUDOS..

     

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  • Autor
    Respuesta No: 324521

  • LIC.PINTADO
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Tu mama puede hacer con la parte que el correspondalo que quiera, siempre respetando el derecho del tanto que le favorece a tu tia es decir si ella manifiesta que no tiene interes en comprar la parte  que le corresponde a tu mama ella podra vender entonces a cualquier persona el fundamento legal lo encontramos en el siguiente articulo del codigo civil del distrito federal que acontinuación transcribo.
    Artículo 950. Todo condueño tiene la plena propiedad de la parte alícua que le corresponda y 
    la de sus frutos y utilidades, pudiendo, en consecuencia, enajenarla, cederla o hipotecarla, y aun 
    substituir otro en su aprovechamiento, salvo si se tratare de derecho personal. Pero el efecto de la 
    enajenación o de la hipoteca con relación a los condueños, estará limitado a la porción que se le 
    adjudique en la división al cesar la comunidad. Los condueños gozan del derecho del tanto



  • Autor
    Respuesta No: 324526

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Adicionalmente a lo que señala el Licenciado Pintado, que en realidad es difícil de llevar a cabo, pues no cualquiera persona está interesada en adquirir la parte alícuota de una propiedad, es que tu mamá, ante el desinterés de tu tía en comprar la parte que le corresponde, debe promover la acción "commún dividundum", esto es, la división de la cosa común, ya que nadie está obligado a conservar una copropiedad, cuando ya no desea hacerlo.

    Háganse asistir de un abogado especialista en derecho civil, a fin de que además de asistir y asesorar a tu mamá, presente la demanda correspondiente.

    Finalmente, el juez será quien ordena la venta de la casa, y con independencia de que tu tía haya invertido más dinero en mantener y conservar en buen estado el inmueble, a tu mamá le corresponde el cincuenta por ciento del producto de la venta, pues es esa su parte alícuota.



  • Autor
    Respuesta No: 324537

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Este ultimo consejo es el procedente, ya que nadie esta obligado ha vivir en la indivision. Atte. Lic. J. L. Camacho. 



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