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LOS DEPOSITOS POR PENSION ALIMENTICIA EN BANCOS ¿ES SUCEPTIBLE DE RETENCION DE IDE?
- Consulta : 206823
- Autor : nr_NR
- Publicado : Martes 27 de Agosto de 2013 12:30 desde la IP: 189.177.65.30
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,133
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 27 de Agosto de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 324505
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Fecha de respuesta: Martes 27 de Agosto de 2013 13:22 2013-08-27 13:22 desde IP: 201.141.106.49
El objeto del impuesto son los depósitos en efectivo, por lo que si Usted está depositando en efectivo la pensión alimenticia, es claro que realiza el hecho generador si supera los $15,000.00 al mes, ya que la Ley de la mataria no distingue sobre el destino de los recusos sino sobre la forma.
Artículo 1.- Las personas físicas y morales, están obligadas al pago del impuesto establecido en esta Ley respecto de todos los depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, que se realicen en cualquier tipo de cuenta que tengan a su nombre en las instituciones del sistema financiero.No se considerarán depósitos en efectivo, los que se efectúen a favor de personas físicas y morales mediante transferencias electrónicas, traspasos de cuenta, títulos de crédito o cualquier otro documento o sistema pactado con instituciones del sistema financiero en los términos de las leyes aplicables, aún cuando sean a cargo de la misma institución que los reciba. -
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