- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
TENGO UNA PENSION POR INVALIDEZ TEMPORAL, DEBO RECIVIR INDEMNIZACION DE MI EMPRESA?
- Consulta : 206793
- Autor : mosh188_NR
- Publicado : Martes 27 de Agosto de 2013 00:46 desde la IP: 189.220.197.249
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,123
-
AutorConsulta
-
Publicado el Martes 27 de Agosto de 2013
Estado de Referencia: Aguascalientes
Hola abogados, disculpen ustedes ojala puedan ayudarme, recien el imss me pensiono por invalidez temporal por 2 años, por enfermedad general, meti el recurso de inconformidad ya que se me califico como riesgo de trabajo por 3 meses, pero me dieron de alta por el riesgo y continuaron incapacitandome por enfermedad general, pero mi duda es si mi patron debe indemnizarme, tengo dudas con los articulos 53 y 54 de la lft, porque mi patron dijo que no procedian en mi caso porque es pension y ahi hablan de incapacidad, podrian decirme que tienen que pagarme, trabaje por 10 años, estoy en baja california, trabaje del 22 de julio del 2002 y me incapacite el 4 de julio del 2012, mi sueldo es de 300 pesos diarios, en el imss tengo 384 diarios, cuanto seria el estimado a recivir de mi patron, ojala pudieran asesorarme, gracias por su atencion, mi nombre es Alfredo Sanchez
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 324472
-
Fecha de respuesta: Martes 27 de Agosto de 2013 02:18 2013-08-27 02:18 desde IP: 177.228.193.160
Segun el numeral IV del articulo 53 indica como causa de termino laboral a la incapacidad fisica o mental o inhabilidad que el trabajador manifieste para realizar su trabajo y para que esta se pueda cumplir debe ser por consecuencia a una enfermedad que imposibilite al trabajador volver a laborar. Las pensiones temporales solamente tienen el plazo de pagarse a maximo 2 años por enfermedad general y al termino de estas, debes regresar a laborar en el puesto que desempeñabas o un puesto similar sin que genere un perjuicio al salario percibido con anterioridad. por lo que no da lugar al finiquito ni la indemnizacion laboral, ya que la relacion solamente se pauso y se reanudara hasta que termine el plazo de la pension temporal
-
Autor





