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RESOLVER DUDAS...
- Consulta : 206688
- Autor : be_oc71_NR
- Publicado : Lunes 26 de Agosto de 2013 01:06 desde la IP: 187.152.76.239
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,105
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 26 de Agosto de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Bunas Noches mi caso es el siguiente: Salí de la casa conyugal en Enero del 2011, para Mayo del mismo año ya estaba divorciada. Fué un divorcio incausado. Salí a rentar junto con mi hija, de la cual tengo guarda y custodia (la gané!), estuve casada por 19 años en los cuales siempre me dedique al hogar. De todos los bienes hechos durante el matrimonio, no había nada a mi nombre. Así que tome a mi niña y salí. Después de pensarlo, inicie un juicio por separación de bienes en 2012 (esta en proceso). Pero me di cuenta que la pensión alimenticia es solo para mi hija, es el 30% de las percepciones de su Padre, de la misma nos mantenemos las dos. En 2013 lo notifique a mi Agodada y comenzaría el tramite para...
Ella esta dando largas para esto, dice que es pensión alimenticia, después que es compensación economica por los años que estuvimos casados. Que los datos del Ofico del Juzgado de lo Familiar 25, salío con errores en mi nombre, escusas, pretextos y no veo nada de resultados en las dos instancias. Sé que lo peor es tener desconfianza de los Abogados, sin embargo a mi ex marido y su framilia les gusta comprar Abogados.
Realmente se puede pedir pensión alimenticia o compensación por años para mi? Si es así... Cuanto tiempo se requiere para comenzar a cobrar? Cómo puedo ver los avances de mi Abogada en el juicio? O saber como va el juicio, ya que sólo me informa y de papeles no veo nada, sólo firmo y firmo, pero de acuerdos, resoluciones o Yo que sé, no ha habido nada en el 1 año y medio que llevamos en esto. Cabe mencionar que Yo pagué el divorcio y pago los honorarios de la abogada, ya que el Señor a final de cuentas no quizo pagar absolutamente nada. Gracias de antemano por su respuesta.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 324389
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Agosto de 2013 07:54 2013-08-26 07:54 desde IP: 201.157.23.131
Buenos dias
Su problema se resuelve contratando un abogada (o) que le muestre que estadpo guarda su asunto y que le permitan ver el expediente de manera directa en el juzgado 25 y puede hablar con el Secretario de acuerdos sobre su expediente.
Saludos
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