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ALBACEA DE 2 TESTAMENTOS

  • Consulta : 206486
  • Autor : riarosa2
  • Publicado : Jueves 22 de Agosto de 2013 22:07 desde la IP: 189.175.3.51
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,103
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  • Autor
    Consulta

  • riarosa2
    USUARIO REGISTRADO

    LIC.AMAU68,RECIBI SU RESPUESTA EN CASO DE JUEZ NO ACEPTA CASO INTESTADO 206244,DONDE ME INDICA QUE AUNQUE NO SE TERMINE JUICIO SUCESORIO  LOS DERECHOS HEREDITARIOS SE TRASMITEN A LOS SUCESORES,PERO EN ESTE CASO  SE PRESENTO EL TESTAMENTO 2 DE MI MADRE  A FAVOR DE DOS NIETAS, ME DICE UD QUE NO PUEDE QUEDAR SIN ALBACEA EL TESTAMENTO NO 1 DE MI PADRE, LE MENCIONO QUE MI PADRE ME NOMBRO ALBACEA Y LO EJERCI HASTA QUE ME QUEDE SIN DINERO PARA PAGAR ABOGADOS POR DOS DEMANDAS CIVILES QUE DEJO MI PAPA Y MI MADRE NO ME PROPORCIONABA EL DINERO, AUN CUANDO COBRABRA 6 RENTAS, PENSIÓN Y AHORROS QUE DEJO MI PAPA, EN HECHOS NUNCA PERMITIO QUE EJERCIERA DE ALBACEA Y SE LO HICE SABER AL JUEZ PARA QUE MI MADRE ME PAGARA LO QUE INVERTI EN LOS 2 JUICIOS CIVILES MAS EL FAMILIAR Y NO ACEPTO, ANTE ESTO RENUNCIE Y NOMBRO DE ALBACEA AL ESPOSO DE UNA DE LA NIETAS QUE VIVIAN CON ELLA DE ARRIMADOS Y CUBRIENDO MI MADRE LOS GASTOS DE TODO,EN EL TESTAMENTO QUE DEJO MI MADRE TAMBIEN LO NOMBRO DE ALBACEA Y SUSTITUTO AL ESPOSO DE LA OTRA NIETA,CABE MENCIONARLE QUE EN  LOS 2 CASOS ME ENTERE DE LOS TESTAMENTOS A TRAVES DEL JUZGADO NO POR LA FAM. ,DE LA MUERTE DE MI MADRE NI ME AVISARON SIENDO QUE VIVO A  2 KM DE SU CASA, EL  HECHO ES DE QUE ME GUSTARIA OBTENER LO QUE MI PADRE ME DEJO DE HERENCIA EN EL TESTAMENTO DE EL YA QUE A MI MADRE DE 88  AÑOS LAS NIETAS LA PRESIONABAN MUCHO PARA QUE LES DEJARA LA HERENCIA TAN ES ASI QUE NUNCA ME ENTERE QUE YA HABIA TESTADO A SU FAVOR NO COMO PROCEDER CON ESTAS SOBRINAS ABUSIVAS JUNTO CON LOS ESPOSOS,TENGO MUCHO SENTIMIENTO QUE NO  VI A MI MADRE EN SU LECHO DE MUERTE NI EN SU FUNERAL (LA INCINERARON),ELLAS DISPUSIERON COMO SI NO TUVIERA HIJOS (2) LA OTRA HIJA ES SU MADRE.MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN

     

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  • Autor
    Respuesta No: 324227

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    Al renunciar al cargo de albacea el juez ordena rendir cuentas de su administracion en la cual los gastos que usted erogo debe o debio haberlos mencionado en dicha rendicion de cuentas como pasivos y con su respectivo soporte contable con los recibos de honorarios de los abogados que patronos que intervinieron en los juicios civiles en los cuales fue o es parte la sucesion que usted representaba. A mi punto de vista solo puede usted recuperar esos dineros si tiene documentos para acreditar tales gastos y en todo caso el pago de esos gastos es con cargo a la masa hereditaria no a cargo de su señora madre como heredera universal en ese momento, por eso se la rechazo el Juez. Para esta situacion asistase de abogado de su confianza esos gastos una vez que se promueva conforme a derecho y acreditando de manera fehaciente que se realizaron en favor de la sucesion que en su momento respresento, los mismos se le deben reembolsar a usted. 

    Le falto en su momento la debida asesoria juridica por parte de su abogado, toda vez que el cargo de albacea es precisamente para administar los bienes que conforman la masa hereditaria y allegarse de los recursos economicos que generan los inmuebles para solventar los pagos de honorarios de abogados, gastos de mantenimiento y conservacion de los bienes y tambien el cobro de honorarios que por ley se contempla para quien desempeña dicho cargo. 

     Retomando su consulta original, su padre otorgo testamento designando como unica y universal heredera a su señora madre quien al tramitar la testamentaria a traves de un juzgado de los Familiar y al aceptar la herencia y declararse la VALIDEZ DEL TESTAMENTO por parte del Juez, con ese hecho es suficiente para que dichos derechos hereditarios que ella adquirio al aceptar la herencia se transmitan por el testamento que ella otorgo en favor de las dos nietas, que no obstante la edad de su señora madre si ese testamento se otorgo con las formalidades de ley no es impugnable.  

    Asi las cosas, si su señor padre la designo en su testamento a usted como heredera sustituto para el caso de que su señora madre falleciera antes que el testador o bien ella no aceptara la herencia, en esos dos supuestos usted como heredera sustituto si hubiera tenido el derecho a heredar los bienes que testo su padre, situacion que no acontece al haberse tramitado el testamento y haber sido aceptada la herencia por parte de su mama.



  • Autor
    Respuesta No: 324787

  • riarosa2
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Abomau68;Gracias por su respuesta, en cuanto al  comentario de que si el testamento 2 de mi madre no es impugnable,que procede? Un amparo? que dice la ley? al solicitar copia del testamento de mi madre me lo niegan que porque no aparezco en el, aún llevando el acta de defunción y mi acta de nacimiento, como se puede obtener para verificar la firma de mi madre y la de los testigos?, ya que el que presentaron las sobrinas no tiene firmas.Las sobrinas al ver que estoy llevando papelería al juzgado, le solicitaron al Juez que dicte sentencia y les fué negada por falta de oficios que ya habian sido solicitados,piden se envie la sentencia al mismo notario donde mi madre testo. Mi madre al mismo tiempo el mismo día que mi padre, testo,lo que se le llama testamento cruzado por si mi padre falleciera primero como aconteció,donde tambien era albacea y heredero sustituto,esto nunca se presento en el juzgado de lo fam,es correcto? las sobrinas lo tenian en su poder y mi madre ya no se acordaba de ello ( tenía 88 años ) y lo revocaron al hacer el testamento 2, por los dos lados me quitaron mis derechos. Que se puede hacer? me siento impotente ante tanta injusticia. Gracias por su atención



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