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HERENCIAS DE OBRAS NEGRAS CONSTRUIDAS DENTRO DEL MATRIMONIO
- Consulta : 202577
- Autor : zura
- Publicado : Viernes 05 de Julio de 2013 13:01 desde la IP: 189.182.63.203
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,122
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 05 de Julio de 2013
buenas tardes:
mi pregunta es :
me heredaron un terreno con una pequeña construccion en obra negra.la cual levantamos y ampliamos dentro de mi matrimonio terminandola por completo...con todos sus detalles(vitropiso,baños totalmente terminados, segundo piso) en fin la terminamos xq ahy vivimos dsde que nos casamos y quisiera saber si este entra en la sociedad mancomunada, debido a que lo contruimos dentro de nuestro matrimonio y la suma invertida , es la misma o mas del costo de cuando me lo heredaron
de antemano les agradesco
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 320469
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Fecha de respuesta: Viernes 05 de Julio de 2013 13:51 2013-07-05 13:51 desde IP: 187.201.130.186
CONSULTANTE zura,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Espero que la siguiente información jurídica sobre el tema de SOCIEDAD CONYUGAL, le sea de utilidad a fin de disipar sus dudas legales sobre el particular:
La sociedad conyugal se forma entre dos personas y nace en razón del matrimonio, en este el patrimonio está integrado por activos y pasivos destinados a repartirse entre los cónyuges por partes iguales al momento de la disolución de la sociedad.
El patrimonio se conforma por:· Haber Absoluto. que son aquellos bienes que ingresan al patrimonio de la sociedad y están destinados a repartirse entre los cónyuges al momento de la disolución.
· Haber Relativo. que son aquellos bienes que aportan los cónyuges a la sociedad, quedando esta obligada al momento de la disolución a devolverlos si existen o restituir su valor.
· Los Pasivos. Son deudas sociales que al momento de la disolución de la sociedad conyugal existan para los cónyuges y tienen la obligación de liquidar.
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· Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA CIVIL CON ESPECIALIDAD EN CONTRATOS, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-3253-4941
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
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Autor
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AutorRespuesta No: 320594
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Fecha de respuesta: Sábado 06 de Julio de 2013 18:25 2013-07-06 18:25 desde IP: 189.234.197.102
Los bienes heredados... Logrados por la fortuna o la buena suerte... O las donaciones... No entran en la liquidación de la sociedad conyugal... No son parte de los bienes del matrimonio... Y no son susceptibles de partición o recompensa... Tu abogado te explica....
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