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PROCESO ADMINISTRATIVO FEDERAL
- Consulta : 201807
- Autor : nr_NR
- Publicado : Miércoles 26 de Junio de 2013 19:02 desde la IP: 189.147.215.8
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,137
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 26 de Junio de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 319586
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Fecha de respuesta: Miércoles 26 de Junio de 2013 19:08 2013-06-26 19:08 desde IP: 201.141.125.177
Una autoridad administrativa no dicta sentencias, pero en fin. Presente recurso de revocación y de no obtener resolución en cuarenta días, acuda al Tribunal Federal de Justicia Fiscal Administrativa, demandando la negativa ficta. El noventa por ciento de los juicios los pierde la autoridad, sí y sólo si contrata a un abogado especialista en la materia.
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