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PLIEGO DE POSICIONES

  • Consulta : 201243
  • Autor : g-kp_NR
  • Publicado : Jueves 20 de Junio de 2013 11:35 desde la IP: 189.135.231.10
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,103
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  • Autor
    Consulta

  • g-kp_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola buen dia

    En una demanda de arrendamiento donde solicitamos la recision de contrato y entrega del local arrendado, donde somos parte actora, el demandado no contesto y el juez lo declaro en rebeldia haciéndole perder su derecho que pudo haber ejercitado y cita para audiencia de ley, desahogo de pruebas el 3 de julio.Dentro de la pruebas se ofrecio la confesional a cargo del demandado. La duda es si debemos presentar el pliego de posiciones aun cuando el demandado no ontesto la demanda.

    Por su apoyo, muchas gracias

     

    Guillermo

     

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  • Autor
    Respuesta No: 319224

  • Mariadejesusoria
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente tienes que exhibir el pliego de posiciones, regularmente las personas que rentan un inmueble no son estudiosos de derecho y recurren a comprar un formato de contrato de arrendamiento a la papeleria mas cercana, estos contratos por lo regular señalan como lugar de pago de la renta  el domicilio del inmueble, ahora te correspondera probar la mora, es importante tambien saber si la notificacion se le hizo personalmente al demandado o algun familiar, te dejo mi correo por si tienes dudas "asejuridico_trejosoria">asejuridico_trejosoria



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