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SOLICITAR AL JUEZ PROTESTE A LOS PERITOS EN LA JUNTA DE PERITOS

  • Consulta : 199205
  • Autor : erloro11_NR
  • Publicado : Viernes 31 de Mayo de 2013 11:25 desde la IP: 187.171.61.42
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,108
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  • Autor
    Consulta

  • erloro11_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Eestimados foristas mucho les agradeceré me asesoren en el siguiente asunto:

    Es un juicio ordinaro civil por daño médico, ahora estamos en la junta de peritos, solicitada por la parte actora, debo comentar que la demandada presento y el juez le acepto cuatro periciales, nosostros una y  nos la desecho, en el interrogatorio pedimos al juez que protestara a los peritos y no lo acepto, argumentado que ya estaban protestados desde el momento que rindieron su dictamen. Mi pregunta es, al estar hechos los dictamenes con clara tendencia de favorecer a la parte demandada, omitiendo expresar claras manifestaciones del expediente medico de su mala practica médica, ¿en que momento podemos hacer por escrito observaciones o impugnar sus dictamenes? también si podemos requerir al juez que los proteste?

    GRACIAS DE ANTEMANO

     

    ERNESTO

     

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  • Autor
    Respuesta No: 317955

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    erloro:

    Usted nada sabe del litigio debido a que

    ¿¡¿porqué se abstuvo de objetar ó impugnar los dictámenes dentro de los tres días siguientes a su ratificación?!?

    ¿¡¿Porqué se hace una junta de peritos cuando es inexistente un dictamen contrario al de el perito de la actora?!?

    La junta de peritos se realiza cuando los dictámenes son discordantes entre sí.

    Lo único que le queda es iniciar una averiguación previa por el delito de declaraciones falsas de peritos..



  • Autor
    Respuesta No: 317980

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Fíjate bien.... Ya perdiste el término para hacer valer el derecho... Por no haber contratado un abogado.... Pero puedes presentar tus observaciones por escrito... Firmadas por ti y dos médicos y ofrecer que se ratifiquen... Para qué obren en autos y sean tomadas en cuenta al dictar resolución... No puedes iniciar una acción penal sobre un acto que no te ha causado un daño o un perjuicio... Ya que berrear ante un juez ... No significa nada.... Tampoco puedes obligar a la autoridad a llevar el proceso... Como tu quieres... Sino como la ke manda.... Si dice que los. Peritos deben protestar su cargo... Al presentar el dictamen pericial... A lo hicieron... Tu debes probar que hay una conducta dolosa o tendenciosa.... Tu.... No el juez.... Ese va a juzgar... No a defenderte....



  • Autor
    Respuesta No: 317993

  • Lic.DiegoGonzalez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Los dos comentarios anteriores resultan extraviados, Saludos Coordiales Lic Primus Tribunus.

     

    En efecto, en primer término y en virtud de que se litiga en el Distrito Federal es inexacto que exista un plazo de 3 días para objetar o impugar dictamenes una vez que hayan sido ratificados, ya que lo correcto es que una vez que se dicta el acuerdo por medio del cual se tuvo por rendido el dictamen pericial, ese mismo acuerdo le da vista a las partes para que manifiesten lo que a su derecho convenga, y LO QUE SE MANIFIESTA ES CONFORMIDAD O INCONFORMIDAD con los dictamenes, y se exponen los motivos que se tengan y donde descanse tal sentido hacía el dictamen; lo anterior es así, ya que al menos en el Distrito Federal los dictamenes periciales no son ni objetables ni se impugnan, SEGUN LA LEY, luego, como apuntó el Lic Tribunus, Usted tiene derecho a solicitar una junta de peritos, y tal junta se trata de que los peritos expliquen y respondan a su preguntas verbales en donde Usted a travez de su abogado intentaran hacer incurrir en contradicciones a los peritos designados por su adversaria.

     

    Aquí lo que me suena raro de su consulta es cuando refiere que Usted ofreció una pericial y el Juez no la aceptó, debió haber sido mal ofrecida, y me pregunto ¿Señaló Usted Perito o Peritos dentro de la prueba que ofreció su contraria?, esto es, su contraria ofreció una prueba percial en determinada ciencia o tecnica, y el Juez le dió un término para que Usted señalara perito de su parte y ampliara el cuestionario, ¿Lo Hizo?, si omitió hacerlo, eso le afectará mucho, ya que no podrá desvirtuar la prueba de su adversaria de ningun modo.

     

    Es atinado el hecho tocante a que los peritos protestaron su cargo y fiel desempeño desde el momento en que presentaron su escrito en donde accedieron a rendir dictamen pericial, por lo cual, es correcto que la protesta que Usted solicitó resultaba improcedente, ya que sería absurdo protestar 2 veces lo mismo.

     

    Por Ultimo, Señor y sin ofender a nade, me parece que su defensa no es muy buena, o de plano no tiene abogado, CONTRATE UNO YA.



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