- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
INCAPACIDAD PARA HEREDAR
- Consulta : 197781
- Autor : raxter
- Publicado : Sábado 18 de Mayo de 2013 01:52 desde la IP: 201.141.137.143
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,109
-
AutorConsulta
-
Publicado el Sábado 18 de Mayo de 2013
Saludos,
En juicio testamentario, si uno de los herederos con anterioridad (estando en vida el testador) promovió denuncia penal ante ministerio público por delito de Privación ilegal de la libertad (secuestro) a otro coheredero, esta no prosperó por falta de pruebas sólidas..., ¿Es aplicable el argumento de perdida del derecho o capacidad para heredar como se dispone en el art. 1316 Fraccion II, existiendo ratificación de dicho acto en el ministerio público..?
GRACIAS
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 317024
-
Fecha de respuesta: Sábado 18 de Mayo de 2013 02:02 2013-05-18 02:02 desde IP: 201.141.117.49
Esa causal prosperaría efectivamente como causal para que el heredero nombrado por el testador pierda ese beneficio por ingratitud, siempre que la denuncia sea en contra del testador y son los herederos y/o albacea quienes deberán acreditar que existe esa denuncia improcedente en contra del de cujus para que proceda la causal y pierda el derecho a la herencia o legado. Pero menciona que la denuncia falsa es en contra de otro heredero y no en contra del testador, por lo que no afecta el testamento.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 317025
-
Fecha de respuesta: Sábado 18 de Mayo de 2013 02:11 2013-05-18 02:11 desde IP: 201.141.137.143
Gracias! En resumen, ¿cualquier incidente FALSO (No prosperado) entre los coherederos, no tiene incidencia en que pierdan o no la capacidad de heredar, aún cuando estos hayan sido con fines lucrativos para separarlos "competitivamente" de la herencia..? ¿Solo prosperarían todas aquellas incidentales en las que el testador directamente haya promovido acción legal penal en contra de alguno de los herederos?
SALUDOS Y GRACIAS NUEVAMENTE!
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 317026
-
Fecha de respuesta: Sábado 18 de Mayo de 2013 02:33 2013-05-18 02:33 desde IP: 201.141.117.49
Efectivamente. Esta acción nace en beneficio del testador cuando no puede saber de la ingratitud de sus herederos como cuando Salvador Ayende buscaba a Pinochet como su salvador en el ataque a la Moneda en el Golpe de Estado en Chile. Y nunca supo que fue un traidor a su benefactor e incluso atacante a la Moneda, y que sólo el albace puede hacer valer en la sucesión. Pero en su caso en paticular menciona que se trata de una denuncia entre herederos que están vivos y que por lo tento cuentan con acciones para hacer valer en tribunales y que incluso se puede carear.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 317027
-
Fecha de respuesta: Sábado 18 de Mayo de 2013 02:46 2013-05-18 02:46 desde IP: 201.141.117.49
Razonando mejor ¿El heredero ofendido es pariente consanguineo del de jujus o cónyuge?
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 317028
-
Fecha de respuesta: Sábado 18 de Mayo de 2013 02:53 2013-05-18 02:53 desde IP: 201.141.137.143
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 317029
-
Fecha de respuesta: Sábado 18 de Mayo de 2013 03:04 2013-05-18 03:04 desde IP: 201.141.101.177
Corrigiendo, entoces sí, Me puse a leer el Código Civil Comentado del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y señala en el atículo en comento lo siguiente:
II.- en el caso previsto en la fracción II no se requiere una sentencia judicial previa; independientemente del resultado del juicio, la simple acusación del delito contra el autor de la herencia o las personas mecionadas (parientes consaguineos o cónyuge) convierte al que la ha presentado en incapaz para heredar.
Sí es incapaz para heredar en los términos plateados y me disculpo por mis anteriores comentarios.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 317030
-
Fecha de respuesta: Sábado 18 de Mayo de 2013 03:07 2013-05-18 03:07 desde IP: 201.141.137.143
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 318527
-
Fecha de respuesta: Sábado 08 de Junio de 2013 19:42 2013-06-08 19:42 desde IP: 201.141.137.143
-
Autor





