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HERENCIA EN VIDA
- Consulta : 195825
- Autor : angmario76_NR
- Publicado : Martes 30 de Abril de 2013 21:56 desde la IP: 189.133.125.24
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,089
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 30 de Abril de 2013
Estado de Referencia: Tabasco
Hola, antes un poco de contexto. Hace tiempo mis padres decidieron repartir herencia en vida, para lo cual repartieron sus propiedades y cada uno eligió un papel, dejando a la suerte decidir qué le tocaba a cada uno. A mi me correspondió un terreno con construcciones rústicas: 1 casa pequeña de 4 metros de ancho por 16 de largo y 3 cuartos de 30 m2 aprox cada uno, todos ellos con techo de teja de asbesto, instalación eléctrica visible y piso de cemento pulido. Se hicieron las escrituras nuevas y ellos se reservaron el usufructo vitalicio de las propiedades.
Al casarme, le pedí autorización a mis padres para construir sobre la casa y los cuartos que eran mi herencia. Remodelé todo con losa de concreto, instalación eléctrica oculta y se le colocó piso de loseta. Mi casa está en planta alta, por lo que no les perjudiqué sus ingresos, pienso que les beneficié, pues ellos viven de la renta de esos cuartos y ahora los podían rentar en mejor precio. De eso ya 8 años.
Al poco tiempo uno de mis hermanos comenzó a utilizar uno de los cuartos, hasta la fecha sigue ahi.
Ahora me he enterado que mi padre pretende dar marcha atrás con la cesión que hizo para darle la propiedad a ese hermano.
La pregunta es: ¿PUEDE MI PADRE HACER ESTO?
Poseo un papel firmado por el donde me autoriza a construir e indica que construí todo con mis recursos y sin afectarlo.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 315352
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Fecha de respuesta: Martes 30 de Abril de 2013 22:18 2013-04-30 22:18 desde IP: 189.177.16.97
Bueno para comenzar y sin ánimo de ofender, no existe la herencia en vida, más bien fue la transmisión de la propiedad por algún otro medio, desconozco cual, donación u otro, pero bueno imagino que tu posees las escrituras del inmueble, y si como comentas tus padres se reservaron el usufructo vitalicio, quiero creer que tu posees la nuda propiedad de este bien.
Bajo esa tesitura, quien ostenta el usufructo vitalicio, puede arrendar, prestar o vivir en la propiedad, es decir tiene el uso y disfrute de la finca, pero sin posibilidad de transmitir la propiedad, ya que el propietario es quien tenga la nuda propiedad. Así que definitivamente de encontrarte en este supuesto, tu padre no puede dar marcha atrás y transmitirle la propiedad a tu hermano.
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Autor
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AutorRespuesta No: 315355
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Fecha de respuesta: Martes 30 de Abril de 2013 22:27 2013-04-30 22:27 desde IP: 189.133.125.24
Gracias por la respuesta.
En realidad me preocupa mucho que me quiten la casa, porque al construirla gasté casi la totalidad de mis ahorros, y que se la den así nada más a otra persona no me parece justo. Lamentablemente las escrituras, aunque están a mi nombre, están en manos de mis padres, las guardan todas y estuve de acuerdo pues no pensé tener que resguardarlas de ellos.
Gracias de nuevo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 315356
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Fecha de respuesta: Martes 30 de Abril de 2013 22:41 2013-04-30 22:41 desde IP: 189.177.16.97
En cuanto a que tus padres conservan las escrituras, no te preocupes, puedes tu ir a la notaria donde se tiró esa escritura y pedir una copia del testimonio, aún así al ser tu el nudo propietario del bien, eres el único facultado para realizar la transmisión del mismo.
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Autor





