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ADJUDICARSE UN TERRENO INTESTADO
- Consulta : 192793
- Autor : mirandaconi_NR
- Publicado : Lunes 08 de Abril de 2013 13:01 desde la IP: 187.172.100.8
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,109
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 08 de Abril de 2013
Estado de Referencia: Nuevo León
Buenos dias
Solicito apoyo con asesoria por favor con el tema "intestado"
Mi abuela compro un terreno y la compra venta esta a nombre de ella y su concubino (esposo) cabe mencionar que ellos se casaron en E.U.A. y no en Mexico ya que el se encontraba casado (aqui en Mexico) con otra persona.
Cuando ella fallece mi abuela nadie levanta el intestado, luego el concubino (viudo) se vuelve a casar legalmente en Mexico con otra persona, y luego fallece (el concubino de mi abuela) sin dejar ningun testamento.
Al poco tiempo se acerca una de las hijas del "concubino" argumentando que iba a mover los papeles para recuperar el o los terrenos de su padre, pero entre ellos quiere apoderarse del terreno que mi abuela y su padre (concubino) compraron.
Cabe mencionar que mi mama es "sobrina adoptiva" y siempre vivieron juntas.
Mi abuela que fue quien originalmente compro el terreno pero esta persona ( la hija del concubino) se quiere adjudicar el terreno.... es esto legal?
Como mi madre se puede acercar al caso de intestado y con que argumento?
Agradezco de antemano las atenciones y el apoyo.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 313281
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Fecha de respuesta: Lunes 08 de Abril de 2013 15:05 2013-04-08 15:05 desde IP: 189.134.14.153
Estimado Consultante:
En primer lugar le dire que en la sucesion legitima los herederos seran los parientes mas cercanos (hijos, nietos, padres, abuelos, hermanos y sobrinos, en ese orden con algunas consideraciones) y el conyuge o concubino. Sin embargo, para que exista concubinato los conyuges deben estar libres de matrimonio y segun lo que usted comenta esta persona estaba casada en mexico, luego entonces NO pudo ser concubino de la abuela. Claro esta que esto tendria que ser acreditado en juicio, aunque el tambien debera acreditar su caracter de concubino.
Por otro lado, no se porque pone entre comillas lo de de sobrina adoptiva, es decir, si juridicamente si fue adoptada o no. Si no hay una relacion juridica de parentesco entre la difunta y la madre de usted entonces no tendra esta ultima derecho a heredar.
Debe acudir con un abogado de su confianza para que este valore si procede o no tramitar la sucesion, en cuyo caso va a necesitar el acta de defuncion de la abuela, el acta de nacimiento de la abuela y la tia abuela, asi como el acta de adopcion de su madre.
Quedo a sus ordenes
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