- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
YA NO ME AGRADA TANTO TRABAJAR PRECIONADA...
- Consulta : 190928
- Autor : magicprincesas_1972_NR
- Publicado : Lunes 18 de Marzo de 2013 17:12 desde la IP: 187.191.10.76
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,120
-
AutorConsulta
-
Publicado el Lunes 18 de Marzo de 2013
Estado de Referencia: Quintana Roo
hola buenas tardes yo soy guillermina mendez .
mi pregunta es ? si mi patron tiene derecho a bajarme el sueldo que ya lo a echo dos beces anterior mente trabajaba para el mismo patron pero con otro nombre y ahora cambiamos de razon social nunca se nos liquido y quedo en liquidarnos con nuestro sueldo que teniamos de un principio que era de 1700 pesos pero con el cambio de razon social nos bajo el suel do ya dos veces as ta 1300 y el trato de ellos acia nosotros no es muy bueno siempre nos hacen ver que esta mal el negocio que si nos tienen lavorando es por no dejarnos sin trabajo y cosa que se bende aqui se nos descuenta abeces in preguntar y nos quieren quitar un dia de descanso pueden ellos acer esto .no se mucho de esto pero me gustaria saberlo gracias por su ayuda...
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 311290
-
Fecha de respuesta: Lunes 18 de Marzo de 2013 18:27 2013-03-18 18:27 desde IP: 189.194.43.198
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 311292
-
Fecha de respuesta: Lunes 18 de Marzo de 2013 18:48 2013-03-18 18:48 desde IP: 187.201.250.55
CONSULTANTE magicprincesas_1972_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Le diré Consultante que de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo NO TIENE DERECHO A BAJARLE A SU CAPRICHO SU SUELDO, ASÍ COMO TAMBIÉN NO LE PUEDEN DESCONTAR POR DESCONTAR SIN CAUSA JUSTIFICADA SU SUELDO, POR EL CONTRARIO AMBAS CUESTIONES ESTÁN PROHIBIDAS A LOS PATRONES POR LA CITADA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, LO QUE USTED DEBE DE HACER EN SU CASO, ES HACER DEL CONOCIMIENTO ESTA SITUACIÓN A LA JUNTA, YA SEA LOCAL O FEDERAL, SEGÚN SEA EL CASO A FIN DE QUE LA AUTORIDAD COMPETENTE SANCIONE A SU PATRÓN Y CORRIJA ESTA SITUACIÓN QUE ES EN PERJUICIO DE LOS TRABAJADORES, puede acudir ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de su Localidad, para que lo asesoren gratuitamente, entiende; saludos.
Por lo que le aconsejo jurídicamente que se asesore de un abogado que sea experto en MATERIA LABORAL, para que tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-2848-7477
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
-
Autor






