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COBRO POR CHEQUE DEVUELTO
- Consulta : 189373
- Autor : hugo_cruz_hcv_NR
- Publicado : Miércoles 06 de Marzo de 2013 14:28 desde la IP: 201.156.230.54
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,115
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 06 de Marzo de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 305691
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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Marzo de 2013 14:48 2013-03-06 14:48 desde IP: 187.201.241.153
CONSULTANTE hugo_cruz_hcv_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a sus "//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=154812&forod=0">preguntas jurídicas, le comento lo siguiente:
Le diré Consultante que de acuerdo al segundo párrafo del artículo 184 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el beneficiario de un cheque no pagado tiene derecho a que su librador le pague el veinte por ciento del valor del cheque por concepto de daños y perjuicios, entiende; saludos.
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA MERCANTIL, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-2848-7477
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
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