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ASESORIA POR FAVOR SOBRE UN INMUEBLE INTESTADO QUE ME RENTAN Y ME QUIEREN SACAR EN MUY POCO TIEMPO
- Consulta : 189128
- Autor : griceldiux_NR
- Publicado : Lunes 04 de Marzo de 2013 23:47 desde la IP: 201.161.57.178
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,114
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 04 de Marzo de 2013
Estado de Referencia: Estado de México
hola quisiera me informaran de los derechos que tengo al rentar una casa el trato que hise fue de palabra no hay contrato ni recivos pero la dueña fallecio y sus hijos son lo encargados de cobrar la renta ellos viven en estados unidos y bueno tengo 6 años rentando esta casa hoy biene uno de los hijos de la señora a pedirme que desocupe y yo le pedi que me diera asta julio pero no quiere y dice que me va a demandar la casa esta a nombre de su papa que murio mucho antes de que yo rentara tengo como comprobar que les pago la renta y que llevo los años que digo en ella no me quiero quedar con su casa pues nunca a sido mi intencion por eso pàgo la renta pero no quiero que me corran de la manera que lo quieren hacer ellos me gustaria que me ayuden para saber que es lo que tengo que hacer.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 305483
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Fecha de respuesta: Martes 05 de Marzo de 2013 00:07 2013-03-05 00:07 desde IP: 201.141.64.106
Usted no puede ser desalojado sin previo juicio. De inmediato debe iniciar ante el Juez la consignación de las rentas a efecto de no caer en mora. El único que le puede molestar en su domicilio es un actuario o notificador del Juzgado debidamente identificado quién le deberá entregar por escrito la causa legal del procedimiento. Si alguien le molesta y le requiere alguna obligación, de inmediato solicite que se identifique como actuario o notificador, si quien le requiere es el hijo, nieto, sobrino, presunto heredero etc., de inmediato llama a una patrulla y lo denuncia por el posible delito de usurpación de funciones. Sólo el albacea de las sucesiones o de la sucesión según sea el caso, puede demandarle alguna obligación en relación con el inmueble que rentas, que no le sorprendan. Contacte de inmediato con algún abogado titulado especialista en la materia que le represente y cuidado con los coyotes.
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Autor
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AutorRespuesta No: 305493
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Fecha de respuesta: Martes 05 de Marzo de 2013 09:27 2013-03-05 09:27 desde IP: 201.103.147.154
JO JO JO
Así es, primero tienen que resolver el intestado todos los que tengan derecho a la herencia y ya que el juez resuelva quien es el albacea, entonces este tendrá derecho a cobrar las rentas, mientras tanto, no puede cobrarle nadie, pues nadie puede acreditar la propiedad sobre el inmueble, aunque sean hijos, esposas, nietos, sobrinos, amantes o lo que sea, la propiedad es del finado y sólo será de los hijos cuando resuelvan el asunto de la herencia mediante juicio sucesorio intestamentario.
La consignación de rentas, es en terminos sencillos: "yo le pago la renta al juez, el que tenga derecho sobre ella, que vaya y la solicite al juzgado" así no tendrá que tratar más con los hijos y ya que se resuelva quien tiene derecho sobre las rentas, el juez liberará el importe que usted deposite al juzgado al heredero correspondiente y si este desea que desocupe, pues tendrá que hacerlo igualmente mediante juicio.
Para hacer la consignación de rentas busque un abogado de confianza o en los propios juzgados civiles uno de oficio.
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Autor
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AutorRespuesta No: 305786
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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Marzo de 2013 18:03 2013-03-06 18:03 desde IP: 187.201.241.153
CONSULTANTE griceldiux_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a sus "//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=154812&forod=0">preguntas jurídicas, le comento lo siguiente:
Le diré Consultante que lo que debe hacer jurídicamente en su caso es acudir inmediatamente al Banco del Ahorro Nacional S.N.C., o a las oficinas que dicho banco tiene en el edificio de los Juzgados del Distrito Federal, y adquiera un billete de depósito por cada mes de renta que deba usted pagar, ya con el o los billetes, acuda a las oficinas de la Dirección de Consignaciones Civiles del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ubicadas en la calle de Sullivan esquina Jorge Negrete, y allí le proporcionarán unos formatos o "machotes" que debe llenar con los datos que le piden, pero en el espacio correspondiente al nombre de la arrendadora, escriba el nombre de ella y a continuación la leyenda "y/o quien mejor derecho acredite tener", si es espacio es insuficiente, lleve el formato a un escritorio público donde le harán el escrito copiando el formato e intercalando los datos requeridos, escrito que usted deberá presentar en las mismas oficinas de Consignaciones, y con ello usted quedará salvada de cualquier responsabilidad que le pudieran imp-u-tar, y al mismo tiempo se asegura de que ningún o ninguna falsa administradora o falsa heredera pueda quedarse indebida e ilegalmente con esos pagos, entiende; saludos.
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA CIVIL, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-2848-7477
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
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