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SE DECLARA IMPROCEDENTE LA ACCIóN RECONVENCIONAL SOBRE DISOLUCIóN DEL VíNCULO MATRIMONIAL

  • Consulta : 181474
  • Autor : alexachh_NR
  • Publicado : Sábado 29 de Diciembre de 2012 01:54 desde la IP: 189.168.5.61
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,131
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  • Autor
    Consulta

  • alexachh_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Michoacán

    Buenos días Abogados.

    Ya tengo la sentencia de mi divorcio pero, hay una parte que dice "se declara improcedente la acción reconvencional sobre disolucion del vínculo matrimonial, en consecuencia se absuelve al reo convenido  (él)de las prestaciones que su contraria le reclamó.  Son cargo de la reo principal (ella) el pago de las costas judiciales.

    ¿qué significa ésto? no sé qué es la acción reconvencional.

    Gracias por su atención y respuestas que pudieran proporcionarme.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 296957

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No aclara quien es el actor y quien es el demandado, pero en toda demanda la parte demandada tiene el derecho de reconvenir, es decir que tiene el derecho de contrademandar por considerar que tiene un mejor derecho. En el caso de divorcio necesario se debe acreditar la causal y el demando si considera tener un mejor derecho peude reconvenir haciendo valer una causal de divorcio mejor. Pero si no logra sentencia a su favor está obligado a pagar los gastos y costas del juicio.

    En resumen: Si Usted demandó ganó el juicio y además tiene derecho a reclamar los gastos y costas del juicio (honorarios del abogado y gastos del procedimiento), si es usted demandado, deberá pagarle a la contrario los gastos y costas del juicio, es decir los honorarios del abogado y costos del procedimiento.



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