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POLICIAS EN TIENDA DEPARTAMENTAL
- Consulta : 179699
- Autor : carlos_zubia
- Publicado : Domingo 09 de Diciembre de 2012 19:28 desde la IP: 201.116.168.142
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,074
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 09 de Diciembre de 2012
Buenas tardes, trabajo para una tienda departamental como jefe de prevención y hace unos días tuvimos un problema con una posible clienta, resutla que monitores nos reprota que una señora se ve muy sospechosa, que esta ingresando con bastantes prendas a uno de los probadores, al momento de darle el seguimiento correspondiente al momento de salir del probador nos encontramos con dos ganchos de ropa vacios y con pedazos de tela como si les hubieran quitado los sensores, al momento de que sale del almacén se le activan las antenas y se regresa muy enojada porque el guardia que estaba en la puerta amablemente le pide que si le muestra las bolsas que lleva, ella responde muy agresiva diciendo que no nola vamos a cabar poque cuenta con los mejores abogados, la señora pregunta si se le va a revisar, acompañada de una guardia la invitan al probador y allí le revisan las bolsas, la señora le dice a la guardia que si le va a quitar la ropa, la guardia contesta que ella no puede hacer eso y ella se levanta la blusa y se baja la pnatalonera, todo esto no tarda ni 2 minutos, esto fue a las 20:00, se le piden disculpas y se le deja ír, ella se queda hasta el cierre esperando que llegue la nuera, para todo esto el hijo y la nuera son abogados y llaman a la policia y nos acusan de sevuestro y nos querian llevar detenidos, mi duda es, ¿hasta donde nosotros estuvimos mal?, ¿NOs pueden llevar detenidos?, ¿Los policias pueden ingresar al almacén sin permiso?, ¿Qué puedo leer, qué ley puedo leer para poder manejar estas situacioens?
Gracias...
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 295007
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Fecha de respuesta: Domingo 09 de Diciembre de 2012 20:16 2012-12-09 20:16 desde IP: 189.189.120.218
El hijo y la nuera son abogados, jajajajaja de pura casualidad no obtuviste los nombres de el hijo y la nuera, a PenDejOz como esos debes de exhibirlos jajajaja pobres imbeciles de "SECUESTRO" jajajaja como PuTaz VeRgAS las Universidades permiten egresar a InePtos mediocres como esos jajajaja.
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Autor
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AutorRespuesta No: 295019
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Fecha de respuesta: Domingo 09 de Diciembre de 2012 22:03 2012-12-09 22:03 desde IP: 187.201.112.58
carlos_zubia:
Haga caso omiso de supuestas asesorías que le brindó algún forista carente de título profesional de abogado, porque en vez de ayudarle le está perjudicando al brindarle a usted información falsa que lo puede llevar a la cárcel.
Lo cierto es que, para comenzar, la Ley de Seguridad Privada prohíbe que los elementos de seguridad privada sean llamados policías, así que desde el título de la presente consulta usted ya está violando la Ley.
Continuando con el tema, resulta que del texto de la consulta surge que los elementos de seguridad privada que menciona usted, cometieron por lo menos dos delitos, uno denominado "privación ilegal de la libertad" y otro "ejercicio ilegal del propio derecho".
La connotación de secuestro es imposible porque faltó el elemento de pedir rescate, pero ciertamente que retuvieron a la mujer en un lugar cerrado impidiéndole salir del mismo, así que hay una privación ilegal de la libertad, y el ejercicio ilegal del propio derecho se presenta porque los elementos de seguridad pública ejercieron violencia (física o moral) para ejercer un pretendido derecho.
Respecto al asunto es pertinente señalar que la Ley Federal de Protección al Consumidor prohíbe que se detenga a un consumidor y se le revise en busca de objetos supuestamente robados, y la misma Ley ordena que la única conducta legal es que los empleados de la tienda (incluidos los de seguridad) so9liciten la intervención de la policía uniformada que realice la remisión y presentación del supuesto ladrón ante el agente del Ministerio Público, pero claro está que si la autoridad revisa al indiciado y NO se le encuentra algún objeto robado, entonces el peticionario del servicio podrá ser acusado del delito de falsa denuncia.
También le informo que en mi calidad dde abogado ya he intervenido para detener y consignar a elementos de seguridad privada cuando los he sorprendido en actividades como la descrita en su consulta, porque tengo el mayor interés en evitar estos actos de abuso y de ataques a la dignidad en que incurren estas personas..
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Autor
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AutorRespuesta No: 295103
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Diciembre de 2012 18:36 2012-12-10 18:36 desde IP: 201.166.87.20
En ningún momento se le consigno en un lugar privado estaba en zona pública, en ningún momento se le detuvo en contra de su voluntad ni en lugar cerrado, siempre estuvo en libertad de irse. lLa duda es solamente hasta dondé la policia tenía la facultad de detener a los elementos de prevención.
Saludos y gracias por responder.
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Autor
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AutorRespuesta No: 295131
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Diciembre de 2012 20:34 2012-12-10 20:34 desde IP: 187.201.112.58
carlos_zubia:
¿¡¿Desde cuándo un local de una empresa privada es un lugar público?!?
Con el "criterio" que aquí expuso tendríamos que considerar a una casa particular como lkugar público, por favor deje de decir insensateces.
Revise la Ley de Justicia Cívica del Distrito Federal y sus correlativas de los Municipios de los Estados para que aprenda cuáles son los lugares públicos.
A mayor abundamiento revise la ley que regula a las empresas de seguridad privada y verá que tienen prohibido realizar sus actividades en lugares públicos, de hecho la ley en cita menciona que sus actividades deben ejercerlas de las puertas hacia adentro de los lugares privados.
A mayor abundamiento, es pertinente señalar que el impedir que se retirara la señora ya es constitutivo de delito, pues para el efecto, el delito de robo debe considerarse consumado cuando la clienta pasó por las cajas sin pagar una mercancía, así que el personal de vigilancia la regresó hasta adentro de la tienda, y no me diga que fue con el consentimiento de la señora, porque la voluntad estaba viciada por el temor de ser detenida por los elementos de seguridad, ya que ejercieron violencia moral si no es que también violencia física.
Dento de este mismo orden de ideas, le recuerdo que desde mi primer respuesta hice notar que además de la provación ilegal de la libertad, pudo habewrse configurado otro delito denominado "ejercicio ilegal del propio derecho", porque ¿¡¿desde cuándo el personal de vigilancia privada tiene derecho de revisar las pertenencias de los consumidores?!?, recuerde que ya antes le mencioné que la Ley Federal de Protección al Consumidor prohíbe esas revisiones, así que son ilegales de todo punto.
finalmente y en relación con su preocupación acerca de las facultadces de la policía pare detener a los elementos de seguridad privada, mire nada más que usted considera que ustedes sí pueden detener a los particulares mientras que pone en duda las atribuciones de la policía "oficial", pero para ilustrarle mejor acerca de que los elementos de la policía preventiva sí pueden detener a los elementos de seguridad privada y remitirlos ante el agente del Ministerio Público, le hago notar que precisamente estas son las funciones de la policía, y que en algunas ocasiones en que un policía se ha negado a cumplir con una solicitud de detener y presentar a una o más personas cuando se lo solicita un particular, los policías cometen el delito denominado "negación del servicio" (abuso de autoridad en los estados), y como ya varios policías han sido consignados ante juez penal por este delito, ahora se cuidan de que no cometerlo, sobre todo cuando el particular les informa que sabe que puede proceder contra ellos por el delito en comento.
Así que ya lo sabe....
Buenas noches.
Haga caso omiso
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