Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

LAS DEMANDAS VS CFE SON LOCALES O FEDERALES

  • Consulta : 177246
  • Autor : licmirandafiscal_NR
  • Publicado : Martes 20 de Noviembre de 2012 14:28 desde la IP: 187.173.169.89
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,113
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • licmirandafiscal_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Colima

    HOLA: SOY UN ABOGADO EN EL ESTADO DE COLIMA, SOLO QUE ES LA PRIMERA VEZ QUE TENGO UN CASO DE OCUPACIÓN INDEBIDA EN TERRENOS PROPIEDAD LEGITIMA DE MI CLIENTE, POR PARTE DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, Y REQUIERO SABER SI ES EL CASO DE QUE LAS DEMANDAS SE TENGAN QUE INTERPONER ANTE UN JUZGADO DE DISTRITO, POR TRATARSE DE UNA EMPRESA PARAESTATAL Y SI ES EL CASO TAMBIÉN, SI SE PRESENTARA ANTE UN JUZGADO LOCAL, ESTE ÚLTIMO PODRÍA ENVIARLO AL JUZGADO DE DISTRITO QUE CORRESPONDA CONOCER DEL ASUNTO.

    GRACIAS DE ANTEMANO POR SU AYUDA.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 292561

  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Es en la via Ordinaria Civil por tratarse de "invasion de Propiedad Ajena". Dentro de las pruebas se debe presentar la acreditacion de la propiedad mediante escrituras, plano catastral actualizado firmado por perito registrado donde ademas de otras construcciones indique la ubicacion de los postes, fotografias, solicitar al Juez designe a un perito para que emita un peritaje, previo pago de las costas (el pago de honorarios del perito), y pedir el retiro de los postes por el Agravio que le ocasiona.

    Antes asegurese que su cliente o sus antecesores efectivamente nunca recibio pago por concepto de "permiso" .

    No es caracter Administrativo correspondiente a Cobro por adeudo o multas.



  • Autor
    Respuesta No: 292591

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si es ejido se debe demandar ante el Tribunal Agrario, si no lo es, corresponde demandar ante un Juez de Distrito, pero no la invasión sino la indemnización por la servidumbre de paso. Si Usted demanda una supuesta invasión, recuerde que las líneas de distribución son de interés público por lo que de no llegar a un arreglo con la empresa en cuanto a la indemnización por la servidumbre nomás le exptropian y ya. Si no conoce de la materia le recomiendo que busque quién le oriente y cuídese de los coyotes.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión