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QUE PUEDO ASER CON UNA DEUDA DE 5200

  • Consulta : 175561
  • Autor : martin-gama_NR
  • Publicado : Lunes 05 de Noviembre de 2012 14:24 desde la IP: 201.161.24.181
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,116
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  • Autor
    Consulta

  • martin-gama_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    hola  el 16 de junio del 2011 por una enfermedad tube que pedir $2000 pesos (dos mil pesos) con un señor que presta a reditos el me dijo muy claro que me cobraria el 10% mensual para esta fecha la cantidad total de la deuda con los intereses es de $5200 pesos (sinco mil docientos pesos) que estoy en la mejor dispocicion de pagarle en 2 partes una de inmediato y la otra en un mes pero el señor dice que me va a demandar por mas de 9000 pesos  lo malo es que en esa ocacion yo le deje una factura de un vw mod 73 que era de mi propiedad pero que tuve que rematar por cuestiones de salud desde la fecha del prestamo no tengo trabajo fijo pues me diagnosticaron como hipertenso con problemas sirculatorios del corazon trabajo en el tianguis vendiendo chacharas y no se que aser por favor denme una orientacion gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 290923

  • LawyerStudent
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Buenas tardes, salvo mejor opinión de abogados titulados.

    Por máxima jurídica, “nadie está obligado a dar lo que no tiene” sin embargo usted tiene que pagar su adeudo, pero pagar lo justo.

    Usted debe $2,000 pesos de hace un año, el hecho de que su acreedor pretenda el cobro de $9,000 pesos integrando el capital, el interés y en su caso moratorios, me parece desproporcionado.

    Según el Art. 1843 CCF, la clausula penal no puede exceder ni en valor ni en cuantía la obligación principal

    E interpretando el 2395 CCF donde se establece que el interés legal es del 9 por ciento anual, siendo aún que se establezca uno mayor, pero que siendo tan desproporcionado, que haga creer que el acreedor abuso del apuro pecuniario (abuso de necesidad del dinero), el juez podrá reducir el interés  hasta el tipo legal (nueve por ciento por año).

    Bajo estos supuestos usted debe mucho menos que la cantidad que su acreedor le requiere.

    Intente negociar con su acreedor, usted sabe su capacidad de pago ofrezca una cantidad razonable y justa.

    Consulte con un abogado de confianza, muchos no cobran la orientación.

    Para los amigos abogados del foro ¿puede el señor hacer un ofrecimiento y consignación?

    Saludos a todos.



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