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DESLINDE PARENTAL

  • Consulta : 175280
  • Autor : liberacionciclica_NR
  • Publicado : Viernes 02 de Noviembre de 2012 11:22 desde la IP: 189.245.71.196
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,101
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  • Autor
    Consulta

  • liberacionciclica_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Necesito saber el procedimiento para deslindar  reponsabilidades parentales. Esto fue acordado previamente al nacimiento del menor, pero sin ningun documento legal.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 290633

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Esto no existe.

    Cuando un padre y una madre reconocen a su hijo en UN ACTA DE NACIMIENTO, surgen derechos y obligaciones.

    Si no lo reconocen, esos derechos se pueden exigir mediante un juicio.

    Por lo tanto, eso de "deslinde parental" no existe.

    Lo que existe será irresponsabilidad.  Pero no te puedes deslindar de los espermatozoides que tiraste o del ovulo que pusiste.



  • Autor
    Respuesta No: 290636

  • cunsulta
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    A ver creo que no se expuso bien, de nuevo:

    Si una mujer quiere ser madre soltera, y no desea  inseminación artificial o algún procedimiento de ese tipo. Acuerda con un hombre la inseminación sin responsabilidad parental. 

    Evidentemente el menor ya esta registrado solo con los apellidos de la madre.


    ¿Como se puede legalizar esto, para que en un futuro no cambie o se rompa dicho acuerdo?



    ¿Existe algún procedimiento en la legislación mexicana, particularmente en el DF, para legalizar dicho acuerdo?



  • Autor
    Respuesta No: 290637

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    México todavía no tiene legislación que rija la maternidad subrogada, aunque varias iniciativas de ley se hayan presentado. Hoy por hoy la prestación de útero en México no es ilegal, pero tampoco están reconocidos los derechos de los padres subrogantes.

    Tabasco es el único estado que menciona la maternidad subrogada en su Código Civil. El artículo 92 establece que "en el caso de los hijos nacidos como resultado de la participación de una madre gestante sustituta, se presumirá la maternidad de la madre contratante que la presenta, ya que este hecho implica su aceptación."

    En Europa ya tienen muchos años legislando sobre la materia de renta de vientres, pero por acá todavía falta mucho. En su caso en particular no hay nada que pueda evitar que en un futuro el padre biológico le demande el reconocimiento de paternidad.



  • Autor
    Respuesta No: 290640

  • cunsulta
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Muchas gracias por la segunda respuesta y la objetividad profesional, carente de manera visible en la primer respuesta.

    Otra pregunta:

    Una carta en la que se expongan las concidicones del acuerdo verbal, firmada por ambas partes (madre y padre) ante un notario público.

    ¿Es suficiente para que, tanto el padre no reclame en el futuro la postestad del menor y de igual modo la madre no demande pensión alimentaria o algo similar?



  • Autor
    Respuesta No: 290643

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Aunque firme con sangre y acuda a notario, los derechos y obligaciones que nacen del parentesco son irrenunciables, de la misma manera el hijo en lo futuro también podría demandar al padre biológico el reconocimiento. En México estamos en pañales en la materia y más con los gobiernos neocristetos que tenemos.



  • Autor
    Respuesta No: 290645

  • cunsulta
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Muchas gracias por la segunda respuesta y la objetividad profesional, carente de manera visible en la primer respuesta.

    Otra pregunta:

    Una carta en la que se expongan las concidicones del acuerdo verbal, firmada por ambas partes (madre y padre) ante un notario público.

    ¿Es suficiente para que, tanto el padre no reclame en el futuro la postestad del menor y de igual modo la madre no demande pensión alimentaria o algo similar?



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