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SUCESORIO INTESTAMENTARIO
- Consulta : 175041
- Autor : carlosalbertoalcazar_NR
- Publicado : Martes 30 de Octubre de 2012 23:29 desde la IP: 189.148.207.170
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,115
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 30 de Octubre de 2012
Estado de Referencia: Chiapas
en el auto declaratorio de herederos fue dictado y no se consisguio el fin planteado de ser declarado heredero universal de la sucesión intestada y como concecuencia no albacea, la pregunta es: ¿se´puede pedir que se nombre albacea si no lo hay? y ¿lo puede pedir la persona que denunció el sucesorio intestamentario? pues hay derechos de creditos y derechos reales en contra de la de cujus; agradeceré que me den respuesta a mi pregunta.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 290364
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Fecha de respuesta: Martes 30 de Octubre de 2012 23:45 2012-10-30 23:45 desde IP: 189.234.190.51
tu abogado te explica... que la declratoria de herederos no es la junta de herederos...donde se nombra al albacea...tu abogado te explica para que no te metas en lo que no te importa... y lo dejes trabajar...
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