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TRAMITE DE PENSIóN

  • Consulta : 172386
  • Autor : Charleston72
  • Publicado : Martes 09 de Octubre de 2012 17:45 desde la IP: 187.208.13.204
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,078
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  • Autor
    Consulta

  • Charleston72
    USUARIO REGISTRADO

     

    Hola muy buenas tardes, mi nombre es Edilberto y soy nuevo en este foro, el cual se me hace un sitio muy interesante y de gran utilidad para la comunidad, felicito a toda la comunidad de México legal por brindarnos este tipo de apoyo.

    Bien como les comentaba yo trabajo de igual forma asesorando a las personas de las comunidades rurales pero en el sentido de los programas sociales y gubernamentales, sin embargo en ocasiones se acercan a mí para exponerme diversos problemas.

    El día de hoy les tengo dos preguntas referentes a problemas de pensión:

    1.- El Sr. Salvador  tiene 63 años  Cotizo en una empresa de 1982 a 1993  con $250.84, posteriormente  cotizo en otra empresa  20/02/2002 al 10/03/2003 con $174.19 y actualmente esta cotizando en otra empresa del 08/08/2012 y termina su contrato 17/10/2012 cotizando con $418.08.

    El problema que tiene es que no hay quien lo contrate mas tiempo para poder cubrir las 52 semanas que se requieren de ley para ejercer su pensión.

    La primer pregunta es:

    Puede se hijo darse de alta en el seguro voluntario y registrarlo a el como beneficiario y de esta forma seguir cotizando?

    Puede darse de alta el Sr. Salvador en el seguro voluntario para servicios médicos y después migrar a la modalidad 40?

    Cual serian sus oportunidades y que sugerencia me hacen para resolver este caso y poder ayudar al Sr. Salvador.

    De antemano muchas gracias por sus comentarios.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 288146

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La situación del Sr. Salvador es que en este momento no se encuentra dentro del período de conservación de derechos y por lo mismo no se puede pensionar.

    Para subsanar este problema es necesario que cotice por lo menos 52 semanas consecutivas en el régimen obligatorio.

    Si es dado de baja se interrumpirá el conteo de las 52 semanas consecutivas y tendrá que volver a empezar.

    Entiendo lo imposible en este país de encontrar trabajo a esa edad, es por eso que les aconsejo urgentemente buscar un patrón alterno que lo asegure con cualquier salario antes de que su actual patrón lo de de baja en el seguro. Tendrán que pagarle, pero bien vale la pena. O la otra es de plano hablar con su actual patrón y llegar a un arreglo.

    Para aplicar a la modalidad 40 necesita haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos cinco años antes de su baja, lo que no sería el caso.

    Las dos alternativas que comentas no son viables.



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