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AMPARO O NULIDAD DE JUICIO CONCLUIDO
- Consulta : 172121
- Autor : catmar
- Publicado : Lunes 08 de Octubre de 2012 11:53 desde la IP: 189.152.99.3
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,143
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 08 de Octubre de 2012
Buen dia estimados foristas:
La pregunta es que es mas conveniente promover ante una sentencia que ha causado ejecutoria en un juicio promovido por cumplimiento de contrato, donde el demandado nunca fue notificado y se ha enterado que le dan tres dias para que escriture, al actor, cuando no habia ningun contrato, no fue notificado en juicio y dicha notificacion le fue entregada por medio de una persona conocida, pero que no vive en el inmueble.
Datos:
* el demandado no vive en el inmueble motivo del juicio, en realidad esta solo el inmueble...y supuestamente en dicho lugar fue que se hicieron las notificaciones.
* no recibio ni sabia nada del juicio que se promovio
* no firmo ningun contrato con el actor
* la propiedad es de el y la esposa, quien fallecio hace 5 años y que tambien fue demandada en ese juicio
*la propiedad tiene la clausula de patrimonio familiar
espero me brinden sus experiencias y se agradece de antemano toda atencion.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 288026
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Fecha de respuesta: Lunes 08 de Octubre de 2012 14:01 2012-10-08 14:01 desde IP: 189.152.99.3
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Autor
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AutorRespuesta No: 288032
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Fecha de respuesta: Lunes 08 de Octubre de 2012 15:36 2012-10-08 15:36 desde IP: 200.34.175.252
Que tal, lo procedente es amparo indirecto, porque el incidente de nulidad de actuaciones, es procedente cuando subsista el juicio y, toda vez que ya se dictó sentencia, debes ganar el juicio constitucional.
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Autor
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AutorRespuesta No: 288033
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Fecha de respuesta: Lunes 08 de Octubre de 2012 15:51 2012-10-08 15:51 desde IP: 201.158.18.146
presenta un amparo indirecto, pero tienes que sentar bien las bases de la mala notificacion que dices que sufrieron las partes aun ya sea que fenecio una de ellas, ya que tambien debes justifiar con el acta de defuncion la mala notificación por el dia de la notificacion, y no me dices si existe un juicio sucesorio porque el albacea ya sea provicional o defitivo debera promover entonces.
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