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¿CUANDO UN HIJO NACE EN CONCUVINATO PUEDE LLEVAR APELLIDOS MATERNO Y PATERNO ?

  • Consulta : 169766
  • Autor : anaid_mozhaA_NR
  • Publicado : Lunes 17 de Septiembre de 2012 15:08 desde la IP: 187.193.35.64
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,114
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  • Autor
    Consulta

  • anaid_mozhaA_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Michoacán

    estoy embarazada y todavia no estoy segura de casarme legalmente pero me dicen que si no lo ago mi hijo no llevara el apellido de su padre y que sera bastardo en el acta de nacimiento es necesario que yo este casada para que mi hijo lleve el apellido ?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 285246

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Nop.

    qué bueno que se asesora, para que usted sepa lo siguiente:

    - no se necesita estar en matrimonio para que un hombre y una mujer reconozcan a un hijo.

    - ante la ley vigente, LOS HIJOS YA NO TIENEN CALIFICATIVOS.  SON HIJOS Y YA.

    -  obvio, quien le dijo eso de "bastardo" es un ignorante, que piensa que usted es una pu-ta por no estar casada y andar embarazada, y que tendrá hijos que no entrarán al cielo por ser naturales, bastardos, molitos, ativos, etc. etc. etc.

    bastardo es una palabra tan fuerte como pu-ta.

    Si usted no está segura de casarse,  NO LO HAGA, pues al fin y al cabo, usted no está preparada, y no sabe que casarse es un MATRIMONIO, y que esto es UN CONTRATO.  Ante la duda, mejor no se case.

    Eso está bien.  Y lo que estará mejor es lo siguiente:

     USTED MADRE Y EL PADRE DEBEN DE REGISTRAR AL HIJO que nazca.

    Lo correcto es que el padre acuda el día que registren al menor en el Registro Civil/familiar, junto con usted, con la constancia de alumbramiento, con las credenciales de elector y con los testigos.

    Lo necesario sería que usted tuviera qué obligarlo, convencerlo, rogarle para que lo haga.

    Una vez hecho esto del registro,  no importa que usted no esté casada,  su menor hijo TIENE DERECHOS sobre su padre y madre.  Y el padre tendrá la obligación de proporcionarle ALIMENTOS !!!

    este es el meollo del asunto y lo primordial.. claro, a menos de que usted sea millonaria y no le preocupen los alimentos.

    Con este reconocimiento, usted podrá respaldar acciones futuras, tales como una demanda de pensión alimenticia en favor de su hijo y contra el padre que omita este cumplimiento.

    Espero me haya entendido:  no es cierto lo que le dijeron, es mejor que no se case, y registren ambos a su hijo.

    Este registro no obliga a que usted se someta al padre para nada,  usted puede vivir en su casa, cuidando a su hijo, y no por eso el padre pierde su obligación, ni sus derechos con el hijo.

    Suerte.

     



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