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CHEQUE POR INCAPACIDAD
- Consulta : 168265
- Autor : luisa_gh_NR
- Publicado : Jueves 06 de Septiembre de 2012 08:52 desde la IP: 68.171.231.80
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,134
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 06 de Septiembre de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola quê tal. Soy del DF y quisiera consultarles si es legal el que la empresa en donde laboro (soy empleada); cuando cobre mi incapacidad del imss (por embarazo) me pedira le deposite mi pago por incapacidad y êste me pagará normal via nòmina...entiendo que los pagos por incapacidad son con SDI y mi patrón me pagará esos 3 meses con sueldo nominal.....esto es legal?? Saludos -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 283748
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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Septiembre de 2012 11:26 2012-09-06 11:26 desde IP: 187.160.183.56
Su patrón no tiene porque pagarle a usted nada durante la incapacidad, pues una de las ventajas de que el IMSS cubra este periodo, es que la patronal puede contratar un empleado interino que realice sus funciones durante el periodo de la licencia y el salario que deja de cubrirle a usted se utiliza para pagar al empleado provisional.
No es procedente lo que le están requiriendo, lo que el IMSS le cubra por su incapacidad, es de usted, no de su patrón.
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Autor
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AutorRespuesta No: 283846
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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Septiembre de 2012 18:44 2012-09-06 18:44 desde IP: 189.245.76.191
CONSULTANTE luisa_gh_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Le diré Consultante que, su Patrón, ningún derecho y mucho menos fundamento jurídico tiene de
pedirle el cheque de la incapacidad por cuidados maternos. Es una cantidad que el IMSS le paga a usted en cumplimiento de la Ley y son situaciones en las que la patronal nada debe intervenir, ya que el dinero que usted recibe como incapacidad de maternidad, sale de las arcas del IMSS, no del dinero de su patrón, entiende; saludos y suerte en su caso.Por lo que le aconsejo jurídicamente que se asesore de un abogado que sea experto en MATERIA LABORAL, para que tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 3182-2696
Celular: 55-3462-7069
WEB: m o r a l e s a r a g o n y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: m a y c i a . j o r g e m a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
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