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DIVULGACION DE MENSAJES PRIVADOS EN LE FACEBOOK
- Consulta : 164316
- Autor : javier_v34_NR
- Publicado : Sábado 11 de Agosto de 2012 17:01 desde la IP: 189.132.208.141
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,124
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 11 de Agosto de 2012
Estado de Referencia: Veracruz
buenas tardes a todos y saludos cordiales..resulta que una ex pareja mia me dijo que divulgara los mensajes que nos hemos mandado en privado en el facebook poniendolos en mi muro y tambien se los mandara a todos mis contactos.son mensajes muy intimos y comprometedores los cuales me podriam causar problemas.mi pregunta es..que debo hacer en ese caso? es considerado como un delitos divulgar esos mensajes?o solo me haran pasar un muy mal rato? espero su ayuda y muchas gracias de antemano
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 279889
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Fecha de respuesta: Sábado 11 de Agosto de 2012 17:27 2012-08-11 17:27 desde IP: 187.159.125.59
Desgraciadamente asi al principio NO CONSTITUYE DELITO ALGUNO.
Nuestras leyes afortunadamente o desafortunadamente todavía no estan tan avanzadas en lo que hace a este tipo de evidencias electrónicas de las redes sociales chaqueteras.
Si bien es cierto que la PUBLICACION de textos que causen descrédito, desprestigio a una persona, constituyen el delito de INJURIAS y/o DIFAMACION, también cierto lo es que este tipo de prueba no trasciende, toda vez que los Agentes del MP ni siquiera saben lo que es una IP, a menos que hayan estado en delitos de SECUESTROS, donde se aprenden esas cosas.
Eso sí, SI YA CUENTAS CON TESTIGOS de lo que te está causando deshonra, descrédito, etc. etc., ahora sí puedes iniciar una denuncia contra quien resulte responsable.
Aprovecho para decirte que ser gay ya no es tan vergonzoso, es mas, ya hasta los dejan casarse, y que pidas que te metan cosas o que vas a mamar tal y tal, o que le escribas a tu pareja "te amo" en el face, pues tampoco, no se por qué el miedo a la divulgación, desconozco qué pudiste haber escrito que te da mucha pena que el mundo se entere. Pero como tú dices, de un mal rato no pasa.
Regidoras y diadas estatales han sido grabadas mamando, y no les pasó nada, nomas imaginate.
Suerte.
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Autor
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AutorRespuesta No: 279896
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Fecha de respuesta: Sábado 11 de Agosto de 2012 19:00 2012-08-11 19:00 desde IP: 189.132.208.141
muchas gracias por su respuesta acabo de registrame,los mensajes que quiere divulgar son mensajes muy intimos(cyber sex en pocas palabras)se que la policia cibernetica puede rastrear la ip de donde los mande.pero me han dicho que la policia solo investiga caso graves como el secuestro,la trata de èrsonas,fraudes,pedofilia.en cuanto a los testigos solo serian los contactos de su face a quien les quiere enviar esos mensajes
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Autor
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AutorRespuesta No: 279899
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Fecha de respuesta: Sábado 11 de Agosto de 2012 19:19 2012-08-11 19:19 desde IP: 189.137.97.180
javam69:
¡¡¡Cuídese mucho de hacer caso de los "sabios" consejos del forista Cuaresmen!!!
o aténgase a las consecuencias de lo que se puede considerar un delito en un etado como el de Veracruz de Ignacio de la Llave en donde tengo la experiencia de que las autoridades son tan venales y corruptas que las mismas autoridades cometen los delitos que deben perseguir, entre otros ejemplos tenemos que el perito en contabilidad para Boca del Río (y otros distritos judiciales) carece del título profesional de contador que es requisito para este trabajo, y sigue trabajando a pesar de quelo he denunciado tanto formalmente como ante los medios de comunicación.
Dentro de este orden de ideas, ya sabráusted si se arriesga a que lo consignen por algúndelito, esté preso y gaste inmensas cantidades para probar su inocencia con el riesgo de que, de cualquier manera, lo condenen como culpable.
A lo anterior hay que agregar que también existe la posibilidad de que lo demanden civilmente por una indemnización derivada de un daño moral ocasionado por publicar información secreta o privilegiada.
En fin, que usted ya sabrá si hace caso al forista Cuaresmen, sobre todo sabiendo que quien tiene qué perder es usted y no el interfecto forista, porque a quien juzgarán será a usted y no a él..
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Autor
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AutorRespuesta No: 279900
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Fecha de respuesta: Sábado 11 de Agosto de 2012 19:29 2012-08-11 19:29 desde IP: 189.132.208.141
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Autor
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AutorRespuesta No: 279925
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Fecha de respuesta: Domingo 12 de Agosto de 2012 00:14 2012-08-12 00:14 desde IP: 189.146.109.107
Y cómo podría probar tu expareja que tu escribiste eso?
Supongo que lo va a copiar y a pegar en el muro, pero esto puede ser modificado, así que no se tiene la certeza de que tu lo hayas escrito...
Que ponga lo que ponga y tu niegale todo a tu pareja y a tus conocidos...
Esta opinión sólo te la brindo como usuaria de esa red social, no como abogada...
Finalmente tu puedes bloquearlo e incluso informar a facebook que te está molestando y restringir tu información a terceros, en consecuencia, no tendría forma de acceder a todos tus contactos, así que ponte pilas en cerrar tu información, en lugar de caer en su jueguito...
Suerte!
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AutorRespuesta No: 280114
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Agosto de 2012 13:25 2012-08-13 13:25 desde IP: 187.159.130.99
Lic. PRIMO TRES BURROS (lástima que yo no le puse así):
Mucho agradeceré me expliqué en donde usted considera inadecuada la asesoria brindada al consultante???
qué le estoy yo proponiendo que haga como para que usted se haya arrancado, por enésima ocasión, contra lo que escribí???
saluditos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 280187
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Agosto de 2012 18:13 2012-08-13 18:13 desde IP: 189.132.212.202
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Autor
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AutorRespuesta No: 280207
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Agosto de 2012 21:10 2012-08-13 21:10 desde IP: 189.137.97.180
javam69:
....Como usted puede percatarse muy fácilmente, el forista Cuaresmen hace gala de ignorancia del derecho, cuenta habida que en el estado de Veracruz el Código Penal sanciona como delitos los que en su articulado previenen:
Artículo 191.-A quien comunique a una o más personas, la imación que se haga a otra, física o moral, de un hecho falso, determinado o indeterminado, que cause o pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio o exponerlo al desprecio, se le impondrán de seis meses a cuatro años de prisión y multa hasta de cuarenta días de salario.
Artículo 178.-Se impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa hasta de cien días de salario a quien sin anuencia del legitimado para concederla y con perjuicio de tercero, revele un secreto o una información reservada que ha conocido o recibido con advertencia de que tiene ese carácter y, por ende, debe quedar para su guarda exclusivamente o para revelarlo o entregarlo a una persona determinada.
Artículo 180.-A quien revele, divulgue o utilice indebidamente o en perjuicio de tercero, información o imágenes obtenidas en una intervención de comunicación privada sostenida por él, con otra persona o entre otras personas, se le aplicará prisión de uno a ocho años y multa de trescientos a seiscientos días de salario.
Dése cuenta también que elinterfecto forista se permite decir que los agentes del Ministerio Público desconcen de cuestionesde informática, lo cual, además de que puede ser inexacto, también resultaría irrelevante, cuenta habida que para esas cuestiones cuentan con los expertos denominados "peritos", cuestión que le informo con la esperanza de que el ssusodicho ignorante aprenda algo que debería saber bien, cuenta habida que se anuncia como exfuncionario del Pinisterio Público y como experto en delitos federales y otras cuestiones similares.
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