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TERMINO PARA PRESENTAR INCIDENTE DE REDUCCION DE PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 159588
- Autor : licoscarfg_NR
- Publicado : Martes 10 de Julio de 2012 11:18 desde la IP: 189.131.215.127
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,082
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 10 de Julio de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 274004
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Fecha de respuesta: Martes 10 de Julio de 2012 11:21 2012-07-10 11:21 desde IP: 189.146.111.112
No hay término, pues en cualquier momento pueden presentarse circunstancias que pueden originar la modificación de la resolución que dio origen a los alimentos, aunado a que en ocasiones aunque se sepa que existen motivos para su disminución o cancelación, no existe la voluntad del deudor alimentario para interponer un incidente.
Así que puede plantearse en cualquier momento, acreditando los motivos por los cuales se solicita la reducción.
Suerte!
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Autor
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AutorRespuesta No: 352870
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Abril de 2014 13:24 2014-04-10 13:24 desde IP: 70.39.231.185
pues si pero si es despues del juicio, se considera cosa juzagada y entonces tendría que requerir el consentimiento de la otra parte dado que es un acuerdo-convenio con vista a un juez civil, si no tiene el consentimiento, no podrá cambiarlo, a menos que el juez lo decida.
saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 352871
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Abril de 2014 13:32 2014-04-10 13:32 desde IP: 189.147.184.110
Discrepo con el isengard, el inicidente se puede promover en cualquier momento sin importar que haya concluido el juicio natural que le de origen al incidente sin necesidad de que la contraparte este de acuerdo, toda vez que el incidente de disminucion se promiueve en virtud de nuevas circunstancias ya sea del deudor o del acredor alimentario, y el juez con base a las pruevas decidira, un saludo
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AutorRespuesta No: 352875
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Abril de 2014 15:21 2014-04-10 15:21 desde IP: 187.177.18.69
el compañero insergard, tendria que analizar cuales juicios se consideran coza juzgada y cuales causan estado,
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