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APELACION POR PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 158805
  • Autor : cesar1412
  • Publicado : Miércoles 04 de Julio de 2012 20:23 desde la IP: 189.243.140.183
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,117
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  • Autor
    Consulta

  • cesar1412
    USUARIO REGISTRADO

    Hola buenas tardes,

    Bueno quisiera saber de que manera debo proceder para realizar una apelación por pensiona alimenticia, ya que mi esposa la tramito y me han hablado de mi trabajo para notificarme que me demanda el 50% de mis ingresos totales, cabe mencionar que tengo con ella solo a una dependiente economica de 5 años y con otra persona tengo a dos más y no se que debo hacer ni como proceder, ya que mi esposa lo promovio desde la ciudad de Horizaba Ver, y actualmente yo me encuentro en Puebla, y el corporativo de mi fuente de trabajo se encuentra en la cuidad de México D.F. aunado a ello no cuento con la capacidad economica como para contratar los servicios de un abogado, por lo que solicito apoyo para saber que hacer o a donde debo acudir, no tengo ni idea sobre que o como debo proceder, si me pudiesen orientar en este caso mucho lo agradecere.

    Por otra parte quisiera saber si entra la pension de manera automatica al ser notificada en mi trabajo o tengo oportunidad de apelar antes???

    Gracias.

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 273294

  • Consultor
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    A usted no le han notificado personalmente de la pensión alimenticia por lo tanto aun le falta poder contestar a la demanda.. esa pensión alimenticia tiene el caracter de provisional, por lo tanto usted tiene que contestar la demanda, y ofrecer pruebas en este caso que tiene otros dependientes económicos y si puede que la madre trabaja, a fin de que se determine que ella también tiene capacidad para solventar el 50% de los gastos de su hija.

    Por otro lado si es muy factible que se la bajen en sentencia definitiva ya que el 50% de descuento por un solo dependiente economico es muchisimo.

    Lo que tiene que hacer a fin de que esto inicie es ir a notificarse personalmente al juzgado en donde se ordenó el descuento, ya que mientras no le notifiquen el juicio no inicia y el descuento puede seguir por muchos años, y le recomiendo que acuda con un abogado ya sea de oficio o de alguna universidad, a fin de que le ayuden ya que esto es muy delicado y si no lleva una buena defensa es posible que le dejen una pensón alta.

     

    Saludos

     

    Lic. Miguel A. Argumedo

    52195455



  • Autor
    Respuesta No: 273325

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1... siempre y para cualquier cosa... necdesitas de un abogado... sin este no intentes hacer nada...

    2... no... no puedes apelar la demanda de alimentos...

    3...puedes tener 10 mujeres y 10 dependientes... uno por cada una y no por eso va a cambiar tu situaciòn.... ella fue la priem ra y su monto solo puede variar en juicio...por convenio o porque pidas la disminuciòn...que nunca sera del 10%....



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