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PERDIDA DE PATRIA PROTESTAD
- Consulta : 158222
- Autor : Shigella
- Publicado : Sábado 30 de Junio de 2012 20:22 desde la IP: 201.152.161.248
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,086
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 30 de Junio de 2012
Hola!! tengo una pregunta, se puede perder la patria protestad del padre si no ha dado para el gasto de la hija en un mes? Él dejó el trabajo, renunció, era un trabajo bueno, y después de eso no ha querido trabajar, no vivo con él. Actualmente ya no somos pareja, y a base de eso me ha amenazado mucho con hacerme daño a mi y a mi familia, ya en ocasiones anteriores tuvimos problemas y amenazó con quitarme a mi hija. Espero su respuesta. Gracias de antemano.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 272889
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Fecha de respuesta: Sábado 30 de Junio de 2012 20:49 2012-06-30 20:49 desde IP: 189.232.12.56
HOLA
LA LEGISLACION SUSTANTIVA DE LA MATERIA, MENCIONA CUALES CON LAS CAUSAS PARA PERDER LA PATRIA POTESTAD.
SERIA CUESTION CHECAR USTED Y SU ABOGADO LA LEGISLACION SUSTANTIVA DE SU ESTADO
AUQUE EN SU CASO TAMBIEN PROCEDE INICIAR UNA DENUNCIA PENAL POR EL DELITO DE INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES ALIMENTICIAS.
border="0" cellspacing="0" id="ctl00_cphContent_dvTesis" rules="all" style="border-width: 0px; width: 100%; height: 50px; border-collapse: collapse;">INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES ALIMENTARIAS. EL LAPSO QUE DEBE CONSIDERARSE MATERIA DEL PROCESO POR ESTE DELITO, SERÁ DESDE QUE EL ACTIVO DEJA DE SUMINISTRAR ALIMENTOS A LA OFENDIDA HASTA LA FECHA DEL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL.SALUDOS
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Autor
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AutorRespuesta No: 272918
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Fecha de respuesta: Domingo 01 de Julio de 2012 17:10 2012-07-01 17:10 desde IP: 189.177.177.85
no... es de 90 dias contados del dia siguiente ...que dejo de dar... inicia por lo pronto la acción penal en contra de este...por el probable delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar... ... al efecto de que el término comience a contar del momento de la renuncia....y puedas generar la perdida de la patria potestad..
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Autor
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AutorRespuesta No: 272929
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Fecha de respuesta: Domingo 01 de Julio de 2012 18:33 2012-07-01 18:33 desde IP: 189.177.177.85
Mientras no hagas un reclamo ante un juez, no tienes derecho a reclamo sobre tu persona o sobre el e tu hija; debes demandar en la via judicial el pago de alimentos, su aseguramiento juridico, por medio de embargo y que se asiente ese embargo en el registro publico; la guarda y custodia del hijo para ti, y alguna de las causales para la perdida de la patria potestad; esta solo se da por la falta de pago de 90 dias o mas de los alimentos; como es correcto, los abogados que preceden, señalan que hay que hacer la querella respectiva, para que se comience a com..pu..tar el termino legal para ejercer la figura procesal de perdida de la patria potestad.
Todo esto lo debe hacer un abogado con experiencia en el area familiar.
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