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PUEDO PELEAR LA CUSTODIA DE MI SOBRINA?

  • Consulta : 155479
  • Autor : amorapas_NR
  • Publicado : Martes 12 de Junio de 2012 19:11 desde la IP: 187.154.24.60
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,139
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  • Autor
    Consulta

  • amorapas_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Hola, me es urgente saber si puedo pelear la custodia de mi sobrina, su mamá fallecio a las 4 día de que la niña nacio, al día de hoy la niña tiene mas de 4 años y vive con su abuela materna, su papá apesar de haber estado casado con mi prima por todas las de la ley nunca se ha hecho cargo de ella, de hecho nisiquiera la frecuenta, creo q piensa q visitarla una vez al año es más q suficiente, tampoco le da manuntencion a la niña y cobró todo el dinero que puedo sacar de la muerte de mi prima, la pension que le da el seguro social a la niña, un seguro de vida q mi prima tenia, el dinero de su afore etc, los abuelos paternos de la niña tampoco hacen el menor intento por mantenerse al pendiente de la niña, es decir que tanto para su papá como para los tios y abuelos paternos la niña no es importante ya que hasta el día de hoy no se han preocupado por saber si come, viste, si tiene buena salud, etc., desgraciadamente su abuela materna tiene más de 60 años, es diabetica, hipertensa aparte de otras enfermedades y desde q mi prima murio cada vez es más fria y uraña con mi sobrina por lo cual necesito que por favor me apoyen diciendome cuales son los pasos a seguir para poder obtener su custodia, yo tengo comprobantes de pediatra, ropa, kinder, etc, por favor apoyende indicandome el camino a seguir para darle a mi sobrina una vida digna ya q su mami no puede defenderla. 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 270793

  • diandra
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    al decir que tienes comprobantes de los gastos de tu  sobrina, entiendo que tu eres quien se hace cargo de los gastos economicos de ella, por lo que veo posibilidades de que puedas demandar la guarda y custodia de la menor, lo cual se hace a traves de un juicio para lo cual es nbecesario que te asista un abogado el cual te pedira los documentos necesarios para que salga bien tu asunto.



  • Autor
    Respuesta No: 270795

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    BUENAS TARDES:

     Claro es que no tienes ningún derecho sobre la menor, asi aportaras la manutención completa de esta;  esa es obligación del padre, y con solo señalar que lo va a  hacer, ante la autoridad, con eso es suficiente; la ley NO OBLIGA a que tenga una convivencia con su hija el padre; pienses lo que tu pienses, la regla es dar pensión o alimentos juridicos y hasta ahi, si quieres pelear esa situción, te recomiendo acudir al DIF, esos asuntos si los pelean y puedes tener una oportunidad, pero que te digan que lo vas a ganar, es improbable.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    A B O G A D O .

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.

    Kokoduro1

    arroba 

    h o t  

    m a i l  

    punto  

    c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.



  • Autor
    Respuesta No: 359014

  • Lic. Ultimodon
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Es absurdo el comentario por parte de kokoduro 1, toda vez que es un derecho inalienable de los menores el poder convivir con su padres, cabe recordar que los Alimentos aqui en el Estado de Jalisco, no solo comprenden el recibir los elementos basicos de subsitencia material y educativa, ademas de los gastos para su educación y para proporcionarles un oficio. Si, no que tambien comprenden las atenciones a las necesidades psiquica, afectiva y de sano esparcimiento y en su caso, los gastos de funerales. Esto lo podemos encontrar en el Articulo 439 del Enjuiciamiento Civil del Estado de Jalisco, por lo que itero que es absurdo y falto de estudio lo que comenta kokoliso 1. Por lo que le recomiendo que antes de contestar alguna consulta en materia Familiar primero le de una estudiada a los Codigos de cada Entidad Federativa, en especial si se trata de Alimentos a los capitulos correspondientes. Despues de esto fijese bien en el delito de Abandono de Personas y las causas para la Perdida de la Patria Potestad.

    Si necesitas una asesoria adecuada en el Estado de Jalisco, buscame como HB Abogado en facebook. No te dejes engañar por charlatanes.

     

    LUIS ENRIQUE HERNANDEZ BRISEÑO

    Espero tu pronta comunciacion.

     

    A

     

     



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