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INSTITUCION DE AYUDA A MUJERES QUE PADECEN VIOLENCIA
- Consulta : 154358
- Autor : angygomu_NR
- Publicado : Martes 05 de Junio de 2012 17:07 desde la IP: 189.212.57.211
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,075
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 05 de Junio de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
hola soy angelica gomez mi inquietud es sobre los requisitos para formar un organismo que brinde ayuda a las mujeres que como yo padecen o padesieron violencia familiar con el objetibo de dar el apoyo que se requiere en alimentos y en ocasiones un lugar seguro en donde pasar unos dias seguras con sus hijos y alimentos entre otras formas de ayuda que por lo vivido me e dado cuenta de lo necesarias que son por su atencion gracias espero puedan asesorarme para realizarlo no contamos con nada. gracias -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 269826
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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Junio de 2012 10:26 2012-06-06 10:26 desde IP: 148.245.4.50
Lo primero que debe hacer es constituir una asociación ante notario público, debe constituirse conforme a los requisitos que que establece el Código Civil Federal, en el caso, a manera de ejemplo los artículos 2670, 2671 y otros establecen lo siguiente:
“Artículo 2670.- Cuando varios individuos convinieren en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico, constituyen una asociación.
Artículo 2671.- El contrato por el que se constituya una asociación, debe constar por escrito.
Artículo 2672.- La asociación puede admitir y excluir asociados.
Artículo 2673.- Las asociaciones se regirán por sus estatutos, los que deberán ser inscritos en el
Registro Público para que produzcan efectos contra tercero.
Artículo 2674.- El poder supremo de las asociaciones reside en la asamblea general. El director o
directores de ellas tendrán las facultades que les conceden los estatutos y la asamblea general con
sujeción a estos documentos.
Artículo 2675.- La asamblea general se reunirá en la época fijada en los estatutos o cuando sea
convocada por la dirección. Esta deberá citar a asamblea cuando para ello fuere requerida por lo menos por el cinco por ciento de los asociados, o si no lo hiciere, en su lugar lo hará el juez de lo civil a petición de dichos asociados.”
Lo más importante es determinar el objeto de la asociación, ya que +ésta se distingue con la soecidad por los fines, en el primer caso son actividades sin fin de lucro y en el segundo sí, asimismo, con relación a las actividades que pretende llevar a cabo debe ser muy precisa, lo anterior con la finalidad de que puedan obtener la autorización por parte del SAT para recibir donativos deducibles de impuesto, es decir, que puedan obtener recursos para cumplir con los fines, en el caso, la asesoria y apoyo de mujeres golpeadas.
Las actividades que conforme a la ley pueden ser autorizadas para recibir donativos deducibles se encuentran establecidas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y para tener esa calidad la sujeta a los requisitos establecidos en diversos artículos, principalmente 95, 96, 97, 98 y 99, una vez que cumplan dichos requisitos el Servicio de Administración Tributaria otorga una AUTORIZACIÓN para recibir donativos deducibles de impuestos y estar en el régimen establecido por este tipo de asociaciones y sociedades, ya que el beneficio es precisamente la deducibilidad al 100% de los donativos que recibe por parte de terceros, es decir, se otorga ese beneficio porque los recursos están destinados a una actividad que beneficia a cierto sector de la población y de ninguna manera son para los accionistas o trabajadores.
Para obtener la autorización se deben de cumplir requisitos de forma y fondo, pero una vez obtenida se deben sujetar al cumplimiento de obligaciones como cualquier sociedad.
Para mayor información de el régimen de este tipo de sociedades y asociaciones puede ingresar al portal del SAT, hay un apartado para donatarias o donaciones y ahí podrá recibir la asesoria que necesita, lo primero es constituir la asociación y despues presentar su solicitud para ser donataria autorizada en la Administración Central de Impuestos Internos del Servicio de Administración Tributaria, ubicada en Avenida Hidalgo número 77, Del. Cuauhtemoc, D.F..
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