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COMO VALIDAR EN MEXICO UN ACTA DE MATRIMONIO EFECTUADO EN MIAMI
- Consulta : 153062
- Autor : patesvi_NR
- Publicado : Lunes 28 de Mayo de 2012 16:38 desde la IP: 187.194.33.2
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,138
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 28 de Mayo de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 268614
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Mayo de 2012 17:45 2012-05-28 17:45 desde IP: 187.174.228.146
No soy religioso, pero no creo que para casarse por la iglesia sea requisito el casarse por el civil. Conozco a muchas parejas que antes de casarse por el civil se casan por la iglesia.
Respecto a la validez de su acta, si Ustede sradican en México y llevan más de cierto tiempo viviendo en México, su acta es valida. Por otro lado, quizá lo que puede hacer es apostillarla acudiendo con un notario público.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 268749
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Fecha de respuesta: Martes 29 de Mayo de 2012 13:51 2012-05-29 13:51 desde IP: 189.245.73.206
CONSULTANTE patesvi_NR,
"//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=152889&forod=0">Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Le diré Consultante que, es necesario que traduzca su Acta de Matrimonio Extranjera, al idioma español por un perito autorizado en México, de la LISTA DE PERITOS OFICIALES DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL Ó DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, y posteriormente haga el trámite para registrar el matrimonio en México, esto lo puede hacer en el Registro Civil Central, en donde deberá llenar la FORMA DE TRÁMITE CORRESPONDIENTE, ASÍ COMO EL PAGO DE DERECHOS RESPECTIVOS, ADEMÁS DE CUMPLIR CON TODOS LOS DEMÁS REQUISITOS ADMINISTRATIVOS QUE LE PEDIRÁN EN DICHA OFICINA DEL REGISTRO CIVIL CENTRAL, UBICADAS EN ARCOS DE BELÉN 19, COLONIA DOCTORES, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, EN ESTA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, CÓDIGO POSTAL 06720, TEL: 9179-6700, A UNA CUADRA DEL METRO SALTO DEL AGUA.
Puede Usted Consultante realizar de FORMA PERSONAL DICHO TRAMITE ADMINISTRATIVO ANTE LA OFICINA CENTRAL DEL REGISTRO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, pudiendo usted descargar gratuitamente el formato correspondiente, en la página del Registro Civil del Distrito Federal, cumpliendo los siguientes requisitos:
1.-Copia certificada del acta DE MATRIMONIO EXTRANJERA, CON SU TRADUCCIÓN OFICIAL AL IDIONA ESPAÑOL, de reciente expedición que se desea INSCRIBIR EN EL CITADO REGISTRO CIVIL.
2.-Original y copia de cualquier documental pública que no contenga la "y" que entrelaza los apellidos paterno y materno, de los cónyuges nacional y extranjero que contrajeron matrimonio civil en País Extranjero.
3.-En caso de no acudir el interesado, el promovente (quien realice el trámite) deberá presentar carta poder simple de papelería con identificación oficial de quien otorga el poder, quien lo acepta y de dos testigos. La carta poder deberá ser dirigida al C. Director General del Registro Civil con la siguiente leyenda: "se otorga poder para realizar el procedimiento administrativo de REGISTRO DE MATRIMONIO CIVIL CELEBRADO EN EL (PAÍS DE) POR LOS C.C., EL PRIMERO (A) DE LOS MENCIONADOS DE NACIONALIDAD MEXICANA, Y EL SEGUNDO (A) DE LOS MENCIONADOS DE NACIONALIDAD TAL", sin abreviar los nombres de quienes participen en ella.
4.-Suscribir el formato de solicitud de Registro de Acta de Matrimonio Celebrado en el País Extranjero, así como el pago de derechos correspondientes, además de cumplir con los demás requisitos administrativos que le indicarán en dicha OFICINA CENTRAL DEL REGISTRO CIVIL.
Tiempo de respuesta: 10 días hábiles (este plazo no contempla el registro, ni la expedición del Acta de Matrimonio Nacional ya inscrita, en dicha Oficina Central del Registro Civil del Distrito Federal). Horario de atención: 8:00 a 13:30 hrs.Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en DERECHO MIGRATORIO Y EN MATERIA CIVILde esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS ABOGADOS DE OFICIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN, ASÍ COMO DE LOS ABOGADOS DE OFICIO DE LA OFICINA CENTRAL DEL REGISTRO PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 1085-2707
Celular: 55-3462-7069
E-MAIL: l c y a . j o r g e m a r r o b ag m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
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Autor
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AutorRespuesta No: 268751
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Fecha de respuesta: Martes 29 de Mayo de 2012 13:55 2012-05-29 13:55 desde IP: 189.200.114.215
Solo para completar lo ya dicho por el Lic. Morales (Saludos) pues al primer colega he de decirle que la LEY de cultos nacionales se modificó y ahora deben las iglesias antes de casar .. verificar esten casados por el civil so pena de snaciones economicas.
El tramite que usted necesita hacer señor consultante se llama INSERCION DE ACTA DE MATRIMONIO
Necesitará:
1.- Acta de matrimonio original
2.- Apostilla a dicha acta de matrimonio
3.- Traduccion por perito oficial
4.- Acta de nacimiento del mexicano
5.- Identificacion con foto de quien hace el tramite
6.- Comprobante de domicilio
7.- Pago de derechos.
Saludos
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Autor







