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LOS ANTECEDENTES DE UN INCULPADO TIENEN QUE ACREDITARSE PLENAMENTE???
- Consulta : 151626
- Autor : melendez311_NR
- Publicado : Viernes 18 de Mayo de 2012 12:59 desde la IP: 189.221.229.152
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,133
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 18 de Mayo de 2012
Estado de Referencia: Aguascalientes
Buenos días licenciados: la instrucción escolar, edad , entre otras particularidades del inculpado tienen que acreditarse o basta con que éste las mencione en su declaración al momento de preguntarle sus generales y no esté contradicho por prueba alguna??
Esta va relacionada a lo que es la individualización de la pena,
Gracias de antemano!!
Reciban un saludo!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 266976
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Mayo de 2012 13:42 2012-05-18 13:42 desde IP: 189.200.3.26
Hola que tal, si en la defensa que planteas consideras que es necesario hacerlo, lo puedes acreditar, sin embargo por lo general toman en cuenta lo declarado por el inculpado respecto de la escolaridad y edad; mas sin embargo reitero, si consideras que en tu defensa tales aspectos se deben puntualizar, ofrece pruebas tendientes a acreditarlos, por otra parte para la individualizacion de la penal, debes de ofrecer testigos ded buena conducta así como cartas de autoridad administrativa que diga que no se trata de persona que haya gestado conflictos y no esta de mas, que ofrezcas carta de no antecedentes penales (aclaro que los jueces por lo general indican que si no existe prueba que acredite que se tienen antecedentes penales, se entiende que no los tiene) y por ultmo cobra especial importancia los estudios psicógicos que por lo general se le practican en el cereso y determiana el grado de peligrosidad.
Por lo que estos son los aspectos que se toman en cuenta para individualizar la pena.
Espero haberte ayudado.
Abogadaluz
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