Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

CONSIGNACION DE LLAVES

  • Consulta : 149772
  • Autor : marela1001_NR
  • Publicado : Domingo 06 de Mayo de 2012 20:17 desde la IP: 201.141.45.51
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,083
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • marela1001_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Puedo consignar las llaves de un departamento que dejé en septiembre 2011 del cual la casera no se localizó y despues dijo que no había problema porque tenía duplicado y cambiaría chapas. Resulta que 7 meses despues demanda rentas de ese tiempo y gastos de mantenim.agua,telef. luz, gas,etc. No me ha notif. para poder embargarme. No tengo su domicilio y su telef. no contesta. Gracias mil por su consejo.Saludos.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 265184

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, en este mundo uno debe tener cuidado en la forma en que se actua porque algo noble puede pasar a demostrar una circunstancia contraproducente.

    Si ya dejaste el inmueble hace siete meses y ahorita consignas las llaves, hay una presuncion de que seguias habitando el inmueble y tiene derecho a demandar el pago de las rentas, no obstante que este hay vencido porque se entiende la tacita reconducción. 

    No das muchos detalles al respecto, pero te recomiendo que si ya venció el contrato de arrendamiento y pagaste los meses correspondientes, tienes los recibos de pago y ya vives en otro lado, con supongo, documentos que acrediten tu nuevo domicilio, esperes la demanda y la contestes, pero no consignes las llaves, mejor tiralas y di que se las entregaste.

    Cualquier duda, estoy a tus ordenes.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión