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CONSULTA DE DIVORCIO
- Consulta : 147027
- Autor : gdl.21_NR
- Publicado : Miércoles 18 de Abril de 2012 12:12 desde la IP: 187.175.153.240
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,133
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 18 de Abril de 2012
Estado de Referencia: Jalisco
hola, quisiera que me orientaran sobre la situacion que viven mis padres.. ellos tienen 4 años de separados, vivian en una region de aqui de jalisco, mi mamá fue la que se fue del hogar y se fue a guadalajara y no volvieron a tener comunicacion despues de ese tiempo que se separaron ahora ella quiere devorciarse, he visto la nueva causal de divorcio de 2 años de separacion, puede aplicarlo aqui en guadalajara ella de demanda? y quisiera que me explicaran a lo que se refiere la fraccion donde dice:
Esta causal podrá ser invocada por cualquiera de los cónyuges, si transcurridos dos años de separados, quien teniendo el derecho de acción para invocar el divorcio por las causales previstas en las fracciones VIII y IX de este mismo artículo no lo ha hecho.
de antemano les agradesco.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 262542
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Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Abril de 2012 12:16 2012-04-18 12:16 desde IP: 187.150.121.226
Hola: Si el código del Estado de Jalisco lo señala como lo dices, entonces si puede invocar el divorcio cualquiera de tus padres, poniendo la causal de mas de dos años de separación, en el Estado de Casmpeche es uno de las causales por la que mas matrimonios se divorcian.
saludos.
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