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NO ME DIERON EL PROPORCIONAL A MI AGUINALDO

  • Consulta : 145374
  • Autor : kamix70_NR
  • Publicado : Domingo 08 de Abril de 2012 18:37 desde la IP: 189.222.179.80
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,125
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  • Autor
    Consulta

  • kamix70_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California
    Buena tarde tengo una gran duda en octubre del año pasado me cambiaron de puesto y me bajaron el sueldo, tengo entendido que por ley no se puede hacer esto, sin embargo al llegar los aguinaldos no me dieron la parte proporcional a los 10 meses que trabaje con el salario mas alto y se justifican que el sistema saca los aguinaldos en base al sueldo actual, que puedo hacer en este caso, ya que la persona que se quedo en el puesto que desempeñaba si le llego proporcional al mes que trabajo en la jefatura, cabe mencionar que es una institucion de gobierno y llevo cerca de 6 años trabajando ahi de los cuales 5 trabaje en una jefatura, les agradeceria cualquier tipo de ayuda, Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 261232

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    acude a la procuradura de la defensa del trabajo... al efecto de que hagan el juicio respectivo en la junta de conciliciòn y arbitraje...



  • Autor
    Respuesta No: 261244

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    A continuación le transcribiré parte de la normatividad para el pago de aguinaldo o gratificación correspondiente al año 2011, solamente me gustaría dejar en claro que el aguinaldo se paga con base en el salario, sin considerar la compensación o demás prestaciones en dinero y dentro del tabulador de los servidores públicos existen plazas de menor nivel con sueldo superior a los de jefatura (niveles que solamente reciben aguinaldo en tanto que las jefaturas reciben bono adicional), así que es importante confirme cual es el salario de su plaza anterior y cual es el de su nueva plaza.

    Ahora bien, si efectivamente la plaza anterior tiene mayor salario le recomiendo redacte una solicitud dirigida a su Subdirector de Administración, fundamentando su solicitud en lo siguiente:

    El Miércoles 9 de noviembre de 2011, la SHCP publica en el DOF, el Decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento de aguinaldo o gratificación de fin de año, correspondiente al ejercicio fiscal de 2011 y en su Artículo Décimo Tercero dice:

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitirá lineamientos específicos que establezcan las disposiciones administrativas necesarias para la aplicación del presente Decreto.

    En la misma fecha, la SHCP emite la circular 307-A.-5688, Lineamientos Específicos para el Pago de Aguinaldo o Gratificación de Fin de Año Correspondiente al Ejercicio Fiscal del 2911, concretamente el punto 13 de este comunicado dice:

    Cuando los sujetos de las presentes disposiciones, hayan tenido durante el año 2011 movimientos en plaza o contrato sin que haya interrupción en el servicio, el otorgamiento del aguinaldo o gratificación de fin de año, se sujetara a lo siguiente:

    a) Cuando el servidor publico haya cambiado de plaza de adscripción dentro de la misma dependencia o entidad, el aguinaldo o la gratificación de fin de año se cubrirá en los siguientes términos:

    i) En la plaza vigente del servidor público al momento de su otorgamiento, en el caso de que la última plaza sea de un nivel salarial mayor.

    ii) En la plaza vigente del servidor público al momento de su otorgamiento, en el caso de que la última plaza sea de un nivel salarial mayor.

    Si desea imprimir este documento lo puede encontrar en la siguiente ruta:

    h t t p : / / w w w . n o r m a t e c a . g o b . m x / A r c h i v o s / 6 5 _ D _ 2 9 1 3 _ 1 4 – 1 1 – 2 0 1 1 . p d f

    (minúsculas y todo junto)



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