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DEMANDA

  • Consulta : 145233
  • Autor : pao.uli_NR
  • Publicado : Viernes 06 de Abril de 2012 23:25 desde la IP: 189.176.251.208
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,132
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  • Autor
    Consulta

  • pao.uli_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chihuahua

    Hola hace tiempo me buscaban ministeriales que por un asalto del cual me deslindo por completo por que yo no tuve nada que ver hasta la fecha nunca me agarraron tuve que dejar mi travajo y todo han pasado como 5 meses y quiero empezar mi vida y buscar de nuevo travajo puedo tramitar la carta o que pasara en estos casos de antemano grasias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 261079

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Le recomiendo ampliamente promover un amparo "buscador" es decir un juicio indirecto de garantías señalando a todas las autoridades posibles que pudieran tener interés en su persona como probable responsable de un delito. El Juez pedirá los informes respectivos a cada una de dichas autoridades y de ellos finalmente se obtendrá información veraz sobre cualquier orden de aprehensión o averiguación previa o carpeta de investigación existente sobre Usted.

    Consulte con un abogado, no coyote, no tinterillo, no charlatán y no ofical administrativo.

    Saludos cordiales.



  • Autor
    Respuesta No: 261080

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    CONSULTANTE pao.uli_NR,

    Presente:

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

    A efecto de que cuente con mayores elementos jurídicos para despejar todas las dudas de su consulta, LE ANEXO AL PRESENTE EN FORMATO DE AMPARO INDIRECTO EN MATERIA PENAL CONTRA ORDEN DE APREHENSIÓN (CONOCIDO COMO EXPLORADOR), QUE APORTÓ DESDE EL PASADO 13 NOVIEMBRE DEL AÑO 2008, EL FORISTA “ANÓNIMO”, EN LA SECCIÓN DE FORMATOS DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso y que en breve lo resuelva favorablemente:

    “C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO
    P R E S E N T E.
    Amparo contra orden de
    aprehensión judicial
    _______________, mexicano, mayor de edad, casado, sin adeudos fiscales, señalando como domicilio convencional para oír y recibir notificaciones _______________ en esta ciudad, por mi propio derecho comparezco a solicitar el Amparo y Protección de la Justicia Federal en contra de los actos que me permito señalar y, bajo protesta de decir verdad, en cumplimiento del artículo 114 fracciones III de la Ley de Amparo, expongo:
    AUTORIDADES RESPONSABLES:
    COMO ORDENADORAS:
    1.El C. Juez 1° de lo Penal del _______________ Distrito Judicial _______________.
    2.El C. Juez 1° de lo Penal del _______________ Distrito Judicial _______________.
    3.El C. Juez 1° de lo Penal del _______________ Distrito Judicial _______________.
    4.El C. Juez 1° de lo Penal del _______________ Distrito Judicial _______________.
    5.El C. Juez 1° de lo Penal del _______________ Distrito Judicial _______________.
    COMO EJECUTORAS:
    1.El C. Comandante de la Policía Judicial del estado de _______________.
    2.El C. Jefe de Grupo de la Policía Judicial de _______________ con residencia en _______________.
    3.El C. Comandante de la Policía Judicial _______________, en _______________., con residencia en esta ciudad.
    4.El C. Comandante de la Policía _______________., con residencia en esta ciudad.
    5.El C. Comandante de la Policía _______________., con residencia en esta ciudad.
    ACTO RECLAMADO: La orden de aprehensión dictada en mi contra, por las responsables ordenadoras, y tratada de ejecutarse por las ejecutoras, sin que el suscrito haya cometido ni participado en hechos delictu

    osos de ninguna especie.
    TERCERO PERJUDICADO: No existe.
    GARANTIAS CONSTITUCIONALES VIOLADAS: Las de los artículos 16, y 18, 19, 20 y 21 constitucionales
    CONCEPTOS DE VIOLACION.
    1.- Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que no he cometido delito alguno. Sin embargo, el día de hoy, unas personas que se negaron a identificarse, me dijeron que sabían de la existencia de una orden de aprehensión en mi contra, en el estado de _______________, ofreciéndome su “protección” en contra de la misma; como no considero justo ni legítimo pagar protecciones a personas inciertas, máxime, cuando no he cometido delito de ninguna especie, acudo a Su Señoría a efecto de demandar el amparo y acogerme a la legítima protección de la Justicia Federal en términos del artículo 16º constitucional, que establece que no podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial, sin que preceda denuncia, acusación o querella, de un hecho determinado que la ley señale como delito sancionado cuando menos con pena privativa de libertad, y existan datos que acrediten los elementos que integran el tipo penal y la probable responsabilidad del inculpado, en tanto que el artículo 18 constitucional señala que solo habrá lugar a prisión preventiva, de manera que es inconstitucional que se haya librado una orden de aprehensión en mi contra, cuando no he participado en hechos delictivos de ninguna naturaleza ni se me puede imar delito alguno, siendo aplicable lo siguiente:
    ORDEN DE APREHENSION. PROCEDENCIA DEL JUICIO DE GARANTIAS AUN CUANDO AL PRESENTARSE LA DEMANDA DE AMPARO NO SE HAYA DICTADO LA.Cuando se trata de una orden de aprehensión, no se puede obligar a la quejosa a que co

    nozca la fecha exacta del acto que reclama, ya que la mayoría de las veces se tramita y emite sin su consentimiento, y lo contrario implicaría que el quejoso tuviera que promover de momento a momento infinidad de juicios de garantías, por tanto, aun cuando el juez responsable haya negado en su informe justificado la existencia del acto reclamado, si con las constancias que el mismo expide a la parte quejosa y que ésta aporte oportunamente al "//mexicolegal/verindividual.php?emp=3400&id=49&pag=3" oncontextmenu="return false;">juiciode amparo antes de la celebración de la audiencia constitucional, se prueba que la orden de aprehensión fue girada con posterioridad al informe, esto hace que no se dé el motivo de sobreseimiento que prevé la fracción IV del artículo 74 de la Ley de Amparo, sino que, en la audiencia se debe tener por probada la orden de captura y resolver sobre su constitucionalidad.
    PRIMER "//mexicolegal/verindividual.php?emp=3400&id=49&pag=3" oncontextmenu="return false;">TRIBUNALCOLEGIADO DEL DECIMO QUINTO CIRCUITO.
    PRECEDENTES: Amparo en revisión 89/95. Silvia Graciela González Orozco. 24 de marzo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Fernando Reyes Colín. Secretario: José Luis Delgado Gaytán. Instancia: Tribunales Colegiados de "//mexicolegal/verindividual.php?emp=3400&id=49&pag=3" oncontextmenu="return false;">Circuito. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Epoca: 9A. Tomo: I, Abril de 1995. Tesis: XV.1o.2 P. Página: 173. Clave: TC151002.9 PEN
    RUBRO: ORDEN DE APREHENSION. EL TESTIMONIO SINGULAR SIN OTROS DATOS RESULTA INSUFICIENTE PARA LIBRAR UNA.
    TEXTO: Resulta insuficiente para justificar el libramiento de una orden de aprehensión la declaración vertida por un solo testigo, en razón de tener el carácter de un testimonio singular, el cual tiene el valor de un indicio y éste por sí mismo no constituye la serie de datos que requiere el artículo 16 "//mexicolegal/verindividual.php?emp=3400&id=49&pag=3" oncontextmenu="return false;">constitucional.
    T

    RIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO "//mexicolegal/verindividual.php?emp=5100&id=49&pag=4" oncontextmenu="return false;">CIRCUITO.
    PRECEDENTES: Amparo en revisión 312/94. Juan Vázquez Garay y otro. 18 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: José Gabriel Clemente Rodríguez. Instancia: "//mexicolegal/verindividual.php?emp=5100&id=49&pag=4" oncontextmenu="return false;">TribunalesColegiados de Circuito. Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Epoca: 8A
    Tomo: XV- Enero. Tesis: XX. 282 P. Página: 266. Clave: TC201282 PEN.
    Por lo anteriormente expuesto y fundado, respetuosamente solicito:
    PRIMERO.- Tenerme por presentando en tiempo y forma la presente "//mexicolegal/verindividual.php?emp=5100&id=49&pag=4" oncontextmenu="return false;">demanda.
    SEGUNDO.- Solicitar de la Responsable los Informes Justificado y justificado.
    TERCERO.- Concederme la suspensión del acto reclamado, entregandome una copia de la misma, por medio de las personas autorizadas en el punto QUINTO de este capítulo.
    CUARTO.- Conceder a mi representada el Amparo y Protección de la "//mexicolegal/verindividual.php?emp=5100&id=49&pag=4" oncontextmenu="return false;">JusticiaFederal.
    QUINTO.- Tenerme por autorizando para oír y recibir notificaciones, así como para imponerse de los autos en términos del artículo 27 de la Ley de Amparo a lo CC. Lic. _______________ y_______________
    Justa y Legal mi petición, espero proveído de conformidad.
    RESPETUOSAMENTE.
    PROTESTO LO NECESARIO.

    Lugar, Fecha y firma”

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

    ATENTAMENTE

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

    Cel: 55-3462-7069

    E-MAIL: lunacastroasociados arroba . com



  • Autor
    Respuesta No: 261083

  • paaoliita
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    pero en caso de que me presente a sacar mi carta de antecedentes penales que pasara en dado caso ya que los ministeriales acudieron como 3 dias o tratar de localizarme sin obtener dato alguno de mi persona, en dado caso cuento con orden de aprehension aun ? 



  • Autor
    Respuesta No: 261085

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Precisamente con el amparo te enterarás si existe ó no UNA ORDEN DE APREHENSIÓN GIRADA EN CONTRA TUYA POR ALGÚN JUEZ PENAL, entiendes.



  • Autor
    Respuesta No: 261130

  • panditila
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    igual te recomiendo que busques a un abogado que REALMENTE sepa de AMPARO INDIRECTO, el te ayudara a redactar tu demanda y protegerte contra cualquier orden de aprension. y si tienes dudas de que si sacas la carta t pueden detener en ese momento, antes de que saques tu carta de antecedentes penales, tienes que recurrir al AMPARO(esta figura juridica es un medio constitucional que te protege contra cualquier acto de autoridad que este violando tus derechos humanos) para saber quien expide la orden de aprehension y si sige aun en tu contra.



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