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ACERCA DE LA PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 143855
- Autor : maisiul_tb_NR
- Publicado : Martes 27 de Marzo de 2012 12:32 desde la IP: 189.131.229.161
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,141
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 27 de Marzo de 2012
Estado de Referencia: Puebla
buenos dias, tengo un problema, teng un hijo de 1 año 9 meses de edad, su padre y yo nos sepramos hace un año, no estamos casados, el me da desde entonces $600 semanales, yo trabajo, gano $600 a la semana, vivo sola, pago renta y alguien que vea al bb mientras trabajo, mi ex pareja labora en una empresa donde gana un sueldo base de $800 mas incentivos, su sueldo final es de $2500 semanales, ademas de que cada mes le otorgan vales electronicos por $800, solo aporta una cantidad igual a la que me da con sus padres, la cual es joven y no esta incapacitada, hay ocasiones en que el sale los fines de semana y gasta mas de lo que nos da en alcohol y otras diversiones y en ocasiones cuando no me alcanza y le pido un poco mas me dice que no tiene dinero. mis dudas son:
1.en esta situacion es conveniente solicitar una pension alimenticia para mi bb?
2. que procentaje se le otorga al bb en caso que lo solicite?
3. los incentivos y prestaciones entran dentro de ese porcentaje?
4. que tiempo tarda el proceso? por que es seguro que si solicito pension me retire la ayuda
5. se le otroga a el un tiempo definido para que vea al bb?
MUCHAS GRACIAS
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 259744
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Fecha de respuesta: Martes 27 de Marzo de 2012 14:46 2012-03-27 14:46 desde IP: 189.130.108.63
En caso de que la pension sea insuficiente, se puede demandar la misma solicitando que se fije un porcentaje sobre las prestaciones ordinarias y extraordinarias que perciba el demandado en su centro laboral, dicha pension es de acuerdo a las necesidades alimentarias del acreedor alimentario(bebe) y posibilidades del deudor alimentario, como ambos padres trabajan, los dos tienen la misma responsabilidad de otorgar los alimentos en igualdad de circustancias.
Una vez que se presenta la demanda, lo primero que le dan es el oficio de descuento provisional, el cual debera de ir dirigido al departamento de recursos humanos para que se le haga efectivo dicho descuento por ese concepto.
En cuanto a la convivencia, el padre tiene derecho a esto, lo cual se deben de poner de acuerdo en el dia y horario para que se de la misma.
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Autor
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AutorRespuesta No: 259745
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Fecha de respuesta: Martes 27 de Marzo de 2012 14:46 2012-03-27 14:46 desde IP: 201.114.201.60
Independientemente del tiempo que tarde el proceso, la orden de descuento para su trabajo la emitirán inmediatamente, la presentas en su empleo y en la primer o segunda semana estas cobrando.
No hay un standar en los porcentajes de pension pues cada caso es distinto, y se toman factores como las posibilidades de el y las necesidades del menor, pero oscila entre un 20 y 25% de sus ingresos totales, incluyendo las gratificaciones. Saludos
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