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AMPARO DE LOS OFENDIDOS

  • Consulta : 143285
  • Autor : oderfla9_NR
  • Publicado : Viernes 23 de Marzo de 2012 11:27 desde la IP: 189.132.27.115
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,109
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  • Autor
    Consulta

  • oderfla9_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chiapas

    QUe tal, en un juicio de despojo del estudio del juez y magistrados en apelación según ellos se  encontro que no se acreditaba el despojo, se puede promover amparo y que amparo es el qeu se promueve? 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 259163

  • LICVALLADARES
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si se resolvio la apelacion entonces tiene 15 dias habiles contados a partir de que le notificaron la apelacion, para promover el amparo directo, el cual se promueve ante la sala que dicto la resolucion de segunda instancia, osea ante la sala que dictó la apelación.



  • Autor
    Respuesta No: 259210

  • LIDEDEHT
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tienes 15 dias habiles constados desde el dia siguiente al que surta efectos la notificacion para precentar amparo directo contra la resolucion de la apelacion.



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