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COTIZACIONES
- Consulta : 142349
- Autor : jtrujill_2000_NR
- Publicado : Viernes 16 de Marzo de 2012 13:33 desde la IP: 189.231.44.228
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,082
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 16 de Marzo de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 258460
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Marzo de 2012 13:45 2012-03-16 13:45 desde IP: 201.114.206.208
De la fecha en que te dieron de baja en el 2008, a partir de ahi tienes 5 años (que se vencen en 2013) para realizar la contratación voluntaria en el regimen obligatorio, puedes darte de alta con el ultimo salario que tuviste o uno mayor, pagaras el 10.075% del salario con que te registres, por ejemplo si te das de alta con 100 pesos diarios pagaras 10.075 pesos diarios multiplicado por 30 o 31 dias segun el mes, es la cantidad que pagaras mensualmente.
Esta contratacion la realizas en la subdelegacion del imss de acuerdo a tu domicilio, es muy importante que te des de alta antes del vencimiento de los 5 años, que puede ser diversa la fecha a la que conservas los derechos, en este caso ambas son en el 2013 pero checa el dia y mes.
Porque si no contratas la continuacion como te he mencionado, tendras que cotizar un año con algun patron para que puedas estar en aptitud nuevamente de contratar la continuacion voluntaria. Saludos
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