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CAMBIO DE APELLIDOS
- Consulta : 139876
- Autor : leriava07
- Publicado : Sábado 25 de Febrero de 2012 19:07 desde la IP: 189.242.3.94
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 25 de Febrero de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 255909
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Fecha de respuesta: Sábado 25 de Febrero de 2012 21:26 2012-02-25 21:26 desde IP: 201.145.210.48
HOLA
NO SE PUEDE
Composición del nombre de las personas físicas
Artículo 2.14.- El nombre de las personas físicas se forma con el sustantivo propio y los
apellidos paternos del padre y la madre. Cuando sólo lo reconozca uno de ellos, se
formará con los apellidos de éste, con las salvedades que establece el Libro Tercero de
este Código.
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