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PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 139534
- Autor : angieglezm1_NR
- Publicado : Miércoles 22 de Febrero de 2012 16:07 desde la IP: 189.233.13.98
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,083
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 22 de Febrero de 2012
Estado de Referencia: Estado de México
Hola, tiene dos semanas que mi esposo dejo la casa, yo estaba muy molesta por que desde mayo de 2011 dejo de trabajar y yo tuve que apoyarlo, encontro trabajo en Diciembre 2011, muchas veces lo corrí, la casa donde vivimos la estamos pagando por medio de infonavit entre los dos, ahora que se fue no sé donde localizarlo, tenemos un niño de 10 años y lo ha ido a ver una vez por semana cuando yo no estoy, la primera vez dejo $300 la segunda $400, he querido hablar con él para saber como vamos a manejar todo por que la primera vez que fue saco ropa, me ha dejado con muchas deudas de tarjetas y luz y dijo que NO LE NACE VERME, quiero saber que es lo correcto que tengo que hacer yo para ampararme y sea formal la pensión que pretende darle al niño.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 255542
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Febrero de 2012 16:25 2012-02-22 16:25 desde IP: 187.194.10.59
el puede ir cuando quiera al domicilio... estes o no estes... ya que estan casados y ambos pagan el domicilio....
mientras este dando... no puedes iniciar acciòn penal por la falta de ese pago...
tu no lo puedes correr.... y si no quiere verte ...nada lo obliga...
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