- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
¿PUEDO REALIZAR MATRIMONIO CON UN PRIMO LEJANO?
- Consulta : 138422
- Autor : Anita Zaite
- Publicado : Domingo 12 de Febrero de 2012 02:25 desde la IP: 189.129.35.40
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,112
-
AutorConsulta
-
Publicado el Domingo 12 de Febrero de 2012
Tengo una relación sentimental con un "primo", resulta que su abuelo y mi abuelo fueron hermanos, tenemos una relación estable desde hace 3 años, la familia lo acepta y nos queremos casar, somos del estado de Veracruz, no sabemos si es legal un matrimonio en estas condiciones, es decir, no sabemos hasta que parte se toma como familia o si es necesario realizar algún trámite especial para llevar a cabo nuestro matrimonio. Agradecería mucho sus respuestas ya que hemos consultado 2 abogados civiles y uno nos dice que no es posible de nunguna manera otro que si, realmente estamos confundido y queremos realizar legalmente el matrimonio. Ambos somos profesionistas yo de 28 años y él de 30 años.
POR FAVOR AYUDENOS CON ESTA DUDA
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 254333
-
Fecha de respuesta: Domingo 12 de Febrero de 2012 03:04 2012-02-12 03:04 desde IP: 201.141.195.198
El Código Civil para el estado de Veracruz establece una limitante para que por parentesco legítimo o natural se puedan unir en matrimonio dos personas en tu caso, sin embargo también es posible que el Director General del Registro Civil o un Juez pudiera, en su caso, otorgar dispensa. Te cito el artículo que establece el impedimento:
ARTICULO 92
Son impedimentos para celebrar el matrimonio:
I.-La falta de edad requerida por la ley, cuando no haya sido dispensada;
II.-La falta de consentimiento del que, o los que ejerzan la patria potestad, del tutor o del juez, en
sus respectivos casos;
III.-El parentesco de consanguinidad legítima o natural, sin limitación de grado en línea recta,
ascendiente o descendiente. En la línea colateral igual, el impedimento se extiende a los hermanos
y medios hermanos. En la colateral desigual, el impedimento se extiende solamente a los tíos y
sobrinos, siempre que estén en el tercer grado y no hayan obtenido dispensa;
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 254335
-
Fecha de respuesta: Domingo 12 de Febrero de 2012 07:40 2012-02-12 07:40 desde IP: 189.177.195.72
No hay ningun impedimento para q te cases con tu primo EN TODO EL PAIS Como vez, la limitante esta entre linea colateral desigual a tios y sobrinos unicamente. No necesita dispensa de ningun tipo Saludos Lic. Omar ulloa
-
Autor





