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FONDO DE AHORRO Y PESNION ALIMENTICIA

  • Consulta : 138053
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Miércoles 08 de Febrero de 2012 12:55 desde la IP: 187.158.210.226
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,132
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  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chihuahua

    BUENOS DIAS TENGO MUCHOS DUDAS HAY UN CONVENIO QUE SE CELEBRO EN EL JUZGADO DE DAR PENSIION ALIMENTICIA DE 30% DEL SALARIO ORDINARIO, A MI ENTENDER EL DESCUENTO DEBE SER DEL MI SUELDO DIARIO NO INTEGRADO (HORAS EXTRAS, BONOS, ETC.),   DEL FONDO DE AHORRO ESTE DEBE ENTRAR O  NO DEBE DE ENTRAR PARA LA REDUCCION DE LA PENSION .

     

    SI PUDIERNA EXPLICARME CUAL DEBE SER LA INTERPRETACION CORRECTA GRACIAS

     

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  • Autor
    Respuesta No: 253866

  • leguleyo210483
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola:

     

    El descuento por concepto de pensión alimenticia, es de tus perecepciones ordinarias y extraordinarias, es el caso que si tuviste horas extras, comisiones, o alguna prestación de ley de tu trabajo el acreedor alimentario tiene el derecho de cobrar el porcentaje de esas perecepciones, por lo que comentas te llega el descuento a tu nomina y se ve reflejado, comenta con tu abogado para que te explique, o en su caso con quien realiza el descuento.

     

    Saludos.

    Lic. Morales



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