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DE QUE MANERA SE PUEDEN EMBARGAR LOS DERECHOS LITIJIOSOS
- Consulta : 137053
- Autor : floresmoralesrafael_NR
- Publicado : Lunes 30 de Enero de 2012 08:30 desde la IP: 189.143.43.203
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,116
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 30 de Enero de 2012
Estado de Referencia: Estado de México
Entable demanda en materia mencartil,del cual embarge una propiedad, toda ves que me entere de viva voz que la persona deudora acabava de
prescribir la misma.Como podria acerle para pedir el trance y remate del terreno referido, ya que el deudor no a inscrito la propiedad
a su nombre en el registro publico de la propiedad y del comercio.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 252903
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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Enero de 2012 10:56 2012-01-30 10:56 desde IP: 187.158.139.36
Definitivamente el sentido común ha fallecido.
¿Si Usted piensa que existen derechos litigiosos, dónde será posible que se encuentren?
Yo quiero imaginarme, quiero suponer, que estarían reconocidos en alguna sentencia judicial donde se dirimió una "litis" entre partes determinadas.
Si más aún Usted tomó conocimiento de "viva voz" que el deudor recien prescribió a su favor el inmueble embargado, entonces quiero suponer, quiero imaginarme, que hubo un juicio ordinario de prescripción positiva donde las partes que figuran son, como actor, su hoy deudor, y como demandado el titular de la inscripción registral.
También quiero suponer, quiero imaginarme, que si ya tiene los nombres del actor y del demandado, bien podría pensarse que, en el Libro de Gobierno de todos y cada uno de los tribunales civiles que ejercen jurisdicción sobre el lugar en que se ubica el inmueble, pueden tener registrado un expediente relativo a un juicio cuyo objeto, naturaleza y partes intervinientes, son las que Usted ya conoce.
Saludos cordiales.
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