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JUICIO TESTAMENTARIO NECESITO UN DEFENSOR DE OFICIO

  • Consulta : 133644
  • Autor : holkanblackheart_NR
  • Publicado : Domingo 25 de Diciembre de 2011 12:01 desde la IP: 189.221.246.154
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,089
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  • Autor
    Consulta

  • holkanblackheart_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    mis muy estimadoa , acudo a ustedes por que  mi padre fallecio hace cuatro años y  acabamos de iniciar el juicio testamentario, mi padre dejo propiedades a mis hermanos a mi madre una tia y a mi , asi como nada de dinero y un gran cuenta de hospital, estamos en la ctualidad sin recursos , economicos, iniciamos un juicio testamentario con un abogado que nosrecomendo un amigo cobro 10mil pesos por el , y nunca hizo nada, el mismo amigo se hizo responsable del caso y nos recomendo a otro abogado nos dijo que no nos preocuparamos que no seria mucho de honorarios y a hoy nos dice en la segunda etapa del juicio que sus honorarios son en porcentage y hacienden a 600mil pesos , se que seremos herederos de bienes inmuebles pero son practicamente imposibles de vender por sus dimensiones y localizacion, no poseemos esa cantidad y honestamente nunca la veriamos junta ni en diez años de trabajo, me entere que habia defensores de odicio y bueno desearia saber como puedo obtener los servicios de un defensor de oficio, de antemano les agradezco la ayuda que me puedan dar , y mi mas grande gratitud

     

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  • Autor
    Respuesta No: 249216

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No hay defensores de oficio en materia sucesoria, menos aun cuando los bienes tienen un precio.



  • Autor
    Respuesta No: 249217

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Alguien que puede hacerles un favor y cobrar  -muy barato- el Dr. Garovalo, esta en Querètaro, busquenlo en este for y en su correo

     g a r o v a l o  g u i o n m e d i o g a r m 5 6 arroba  h o t m a i l  punto  c o m    todo junto,  uan consulta con el es muy facil.



  • Autor
    Respuesta No: 249247

  • tulio_ciceron
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    Desconozco en qué fundamento realice su aseveración el forista que me antecede, pero los defensores de Oficio tienen la obligación de asesorarte y patrocinarte en cualquier asunto judicial; ya no es optativo para ellos con la reforma de 2008 al artículo 17 constitucional. 

    Acude a los Tribunales más cercanos a tu localidad y pregunta por Defensoría de Oficio; si se niegan verbalmente, ingresa un escrito solicitando patrocinio para tu asunto (ojo: es importante que tenga el sello de recibido) y ante la falta de contestación o su negativa, promueves amparo y los obligas a que te tramiten tu asunto.

    Te comento que para el caso en que no celebres contrato de prestación de servicios profesionales por escrito con el abogado, existe una ley que regula el pago de sus honorarios, que aunque en algunos Estados está desfasada, hay forma de hacerla cumplir y evitar un abuso hacia ustedes como herederos.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 249256

  • SADNESS
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    estimado tulio a quien debo dirigir mi escrito para solicitar defensoria de oficio?



  • Autor
    Respuesta No: 249258

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Para obtener alguno de los servicios gratuitos de defensa y patrocinio en materia Penal, Civil, Familiar o Mercantil deberá cumplir con estos requisitos:

    Penal
    No hay ningún requisito, basta con que el solicitante del servicio nombre al defensor público o lo haga la autoridad competente

    Civil
    1.Tener ingresos mensuales menores de 150 días de salario mínimo vigente en el área geográfica donde radique el juicio.
    2.Debe ser parte demandada en el juicio o promover diligencias de procedimiento judicial no contencioso.

    Familiar
    1.Tener ingresos mensuales menores de 150 días de salario mínimo vigente en el área geográfica donde radica el juicio.
    2.Puede ser actor o demandado, dentro del proceso o promover diligencias de procedimiento judicial no contencioso.
    3.En el caso de la parte actora solo será patrocinada en materia familiar y de procedimiento judicial no contencioso, no se considera como tal en el caso de la reconvención hecha en contestación de demanda.

    Mercantil
    1.Tener ingresos mensuales menores a 150 días de salario mínimo vigente en el área geográfica donde radique el juicio.
    2.Debe ser parte demandada en el juicio.
    3.Ser persona física.
    4.No debe ser comerciante.
    5.Que el interés pactado sea superior al usual en el mercado o al bancario autorizado

    INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO

    Está ubicada en República de Belice número 109, Col. Las Américas, C. P. 50130, Toluca, Estado de México.



  • Autor
    Respuesta No: 249260

  • SADNESS
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    muchas gracis  a todos los que han  participado tratare de entender todo y bueno seguire checando este asunto  b y sus respuestas, y dios sabe que  cuyando alguien nesecita ayuda  de verdad  hay angeles como los de su comunidad que nos guian  sin  esperar nada a cambio muchas gracias



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