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SUCESIóN INTESTAMENTARIA DUDAS
- Consulta : 133307
- Autor : melkor_0317_NR
- Publicado : Lunes 19 de Diciembre de 2011 14:18 desde la IP: 189.194.95.1
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,120
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 19 de Diciembre de 2011
Estado de Referencia: Veracruz
Saludos a todos tengo la siguiente sutuacion:
Mi madre al morir dejo intestado todos sus bienes mi hermano me dice que va a repudiar su parte de la herencia y pasara a ser mia.
Tengo el conocimiento que para repudiarla se debe hacer ante el juez en la segunda etapa del proceso mi duda es que intrumento legal puedo usar en este momento (en el cual todavia no se hace la demanda de jucio sucesorio intestamentario) para que me asegure que va a repudiar la herencia en el momento procesal oportuno.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 248366
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Fecha de respuesta: Lunes 19 de Diciembre de 2011 15:51 2011-12-19 15:51 desde IP: 201.157.0.183
Tu hermano puede repudiar efectivamente ante el Juez o ante un fedatario publico a traves de un instrumento notarial que haga el fedatario publico (Notario); en este segundo caso solamente que no este en el lugar del juicio.
Saludos
Victor Hugo Miaz Serrano
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Autor
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AutorRespuesta No: 248371
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Fecha de respuesta: Lunes 19 de Diciembre de 2011 16:38 2011-12-19 16:38 desde IP: 200.76.91.169
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Autor
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AutorRespuesta No: 248400
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Fecha de respuesta: Lunes 19 de Diciembre de 2011 22:42 2011-12-19 22:42 desde IP: 201.141.122.130
Si sólo existen dos hermanos sí es procedente el repudio, ya que de existir más hermanos el repudio incrementa en partes iguales el caudal hereditario al resto de los herederos. Por lo que en caso de haber más herederos legítimos, su hermano debe cederle sus derechos a Usted en lo personal.
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