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EL M.P. SE NIEGA A ABRIR UNA AVERIGUACION PREVIA
- Consulta : 133059
- Autor : osao21_NR
- Publicado : Jueves 15 de Diciembre de 2011 13:35 desde la IP: 187.139.94.111
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,122
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 15 de Diciembre de 2011
Estado de Referencia: Jalisco
Presente una denuncia por el posible delito de fraude y el M.P. no quiere abrirla en virtud de que argumenta que no hay elementos sin antes pedirmelos, dicto un acuerdo en el cual dice que sera infructosa hechar la maquieria burpcratica a andar si no hay elementos.
Mi caso es que agote un procedimiento mercantil ejecutivo en el cual se levantaron constancia de ilocalizacion y no pude embragar a el deudor, lo que quice hacer es acreditar el dolo con el que el inculpado actuo, pero me negaron la oportunidad, que recuerdos tengo para estas acciones de la Procuarduria?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 248051
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Diciembre de 2011 22:10 2011-12-15 22:10 desde IP: 201.164.245.110
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Autor
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AutorRespuesta No: 248088
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Diciembre de 2011 13:14 2011-12-16 13:14 desde IP: 187.198.32.24
Si ya se dictó sentencia y esta ya fué ejecutoriada tienes elementos para acudir ante la agencia del ministerio público de tu localidad y denunciar por el delito delito de fraude, abuso de confianza o lo que resulte, el ministerio público esta obligado a recibirte, de no ser así puedes acudir con su superior, ahora si tambien te niega el servicio puedes acudir a la contraloria interna de la procuraduria de justicia de tu localidad para presentar una queja en contra de ellos, en todo caso debes de agotar el principio de definitividad, es decir, agotar todas las instancias que puedan servirte para ser escuchado, al agotarlas tendrías que promover un juicio de amparo toda vez de que se estan vulnerando tus garantias individuales.
Saludos.
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AutorRespuesta No: 248093
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Diciembre de 2011 13:44 2011-12-16 13:44 desde IP: 187.176.55.250
Estimado consultante, yo le podría sugerir que haga su denuncia por escrito, la presente a la oficialía de partes de la procuraduría, y de esta forma el m.p. se verá obligado a iniciar la averiguación; claro si usted aporta pruebas convincentes del probable delito que usted está denunciando.
De cualquier forma su abogado sabe qué hacer. El abogado que llevo su caso mercantil debe saber cómo iniciar la denuncia por fraude en perjuicio de acreedores.
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