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PAGO DE IMPUESTO PREDIAL

  • Consulta : 131154
  • Autor : ivan hernandez
  • Publicado : Martes 22 de Noviembre de 2011 19:13 desde la IP: 201.159.4.52
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,123
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  • Autor
    Consulta

  • ivan hernandez
    USUARIO REGISTRADO

    me gustaria saber si alguien me podria decir despues de cuantos años de no pagar el impuesto predial pueden embargar una propiedad y si esto es posible,mi casa esta en el edo de mexico.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 246001

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    En sentido estricto no existe un término como tal para embargar, La secretaría de Finanzas puede hacerlo desde que se incumpla con el pago predial de un año, depende de cada Municipio pero por lo general nunca pasan más de cinco años ya que las facultades de la autoridad para fiscalizar al contribuyente caduncan a los cinco años, pero ese término se interrumpe y reinicia por cada requerimiento de pago de esa autoridad, y como la Secretaría de Finanzas es autónoma entonces ella misma podrá acreditar los requerimientos en caso de que Usted intente la prescripción ante el Contencioso.



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